La comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado incluyó un cambio en la norma que permite designar conjueces en una jurisdicción distinta a la que pertenece. El nombramiento podrá hacerse cuando allí no haya posibilidad de acceder a esos funcionarios.
La comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado aprobó hoy una modificación a la ley de subrogancias que permite designar un conjuez en una jurisdicción distinta a la que pertenece, según explicó el presidente de esa comisión, el senador del Frente para la Victoria por Salta, Rodolfo Urtubey.
Urtubey señaló a Télam que se tratar de "permitir la designación cuando en una jurisdicción determinada no haya posibilidad de acceder a conjueces", pero aclaró que en el artículo segundo de la ley se agrega que el nombramiento podrá efectuarse "siempre que el candidato integre una lista de conjueces para que nadie piense que se puede designar a alguien sin estar en una lista".
Así, el proyecto de ley determina que el Consejo de la Magistratura designará subrogantes por mayoría absoluta de los miembros presentes y que "la designación se realizará con un juez o jueza de igual competencia de la misma jurisdicción o con un miembro de la lista de conjueces confeccionada de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° de la presente ley".
"En los tribunales con asiento en las provincias se podrá designar un subrogante de distinta jurisdicción, siempre que integre una lista de conjueces" y añade que "las cámaras deberán comunicar la necesidad de nombrar subrogantes al Consejo de la Magistratura”.
También se avaló la derogación del artículo 49 de la ley 27.145. Según precisó Urtubey, esta modificación es de forma ya que se había numerado primero la ley de conjueces y después la ley orgánica de justicia penal, lo que "podría interpretarse como que el régimen establecido por la 27145 fue instantáneamente derogado y que se volvía al viejo régimen".
Télam/PW