La Cámara alta comenzó a debatir dos proyectos de ley en comisiones. Establecen sanciones para la violencia intrafamiliar y para los clientes de prostíbulos donde se detecte que las trabajadoras son víctimas de trata de personas. Las iniciativas se volverán a discutir la semana próxima.
El Senado comenzó a debatir ayer dos proyectos de ley en comisiones, tendientes a sancionar la violencia intra familiar y a los clientes de prostíbulos donde se detecte que las trabajadoras son víctimas de trata de personas.Los proyectos son de los senadores Aníbal Fernández y Elena Corregido, del Frente para la Victoria, y fueron analizados en un plenario en el que participaron cuatro comisiones. Las iniciativas se seguirán discutiendo la semana próxima.
La primera iniciativa es la de Corregido, que apunta a proteger a las víctimas de la violencia “doméstica” y busca sancionar a los responsables en el ámbito del grupo familiar, para erradicar la violencia y el abuso de poder. La segunda, del ex Jefe de Gabinete, establece penas para quien pague por tener sexo con víctimas de la trata de personas.
Las comisiones que se reunieron ayer para tratar ambos proyectos en conjunto, fueron las de Justicia y Asuntos Penales, de Trabajo y Previsión Social, de la Banca de la Mujer y de Presupuesto y Hacienda. La reunión duró casi cuatro horas, y tuvo como expertos invitados a Eva Giberti, coordinadora del Programa Las Víctimas contra las Violencias, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación; y el juez federal Carlos Rozanski. Ambos participaron de la elaboración de los dos proyectos de ley.
El proyecto contra la violencia intrafamiliar prevé que se puedan tomar medidas judiciales para evitar maltratos aun sin testigos que confirmen el hecho denunciado. Los maltratadores podrán ser penalizados con la obligación de realizar tareas comunitarias o con el pago de una multa en beneficio de la víctima, y hasta se podrá informar al empleador o el órgano, ente u organismo al que pertenezca el maltratador sobre el castigo que eventualmente se le aplique.
Los “sujetos legitimados” para denunciar, es decir, quienes estarán habilitados para iniciar este proceso por violencia intrafamiliar, serán los cónyuges, convivientes o ex convivientes y todos los que estén vinculados por una relación afectiva, de convivencia, o de cuidado y atención. Podrán realizar la denuncia ante un juez de cualquier fuero, y si se trata de menores de edad, también ante la policía o ante instancias administrativas.
Aníbal Fernández recordó que en 2010 la OEA organizó una reunión en Argentina en la que “por primera vez se habló de la trata” y que en ese entonces la presidenta Cristina Fernández de Kirchner planteó que “sin clientes no hay trata”. Agregó que “el que consume la esclavitud, que él llama un servicio sexual, tiene madre, hijos, hermana, mujer”, y que entonces “tendrá que explicárselo a su barrio, a su pueblo”.
Rozanski analizó el proyecto contra la trata en diálogo con Infojus Noticias, y planteó que “es un vacío que debemos llenar”, porque todo el circuito de la trata se realiza con el único fin de brindar “un servicio” a “un usuario”. En el transcurso de ese proceso se secuestra a una persona, se la priva ilegítimamente de la libertad, se la comercializa y se la explota. “Eso demuestra que sin clientes no hay trata, pero también ofende al sentido común que exista legislación penal para perseguir la trata pero no el ‘consumo’ para el cual se generan todos esos mecanismos”.
El juez platense valoró el nivel de la discusión entre los senadores, que desarrollaron un debate “con muy buen nivel y buena fe” sobre las dos temáticas, muy complejas y sobre asuntos de gravedad. “Es saludable que en cuestiones como esta se dejen de lado las banderas partidarias, porque hay que erradicar cuanto antes este tipo de males”, consideró.
Al referirse al proyecto de la senadora Corregido, Rozanski evaluó que “el sentido de la iniciativa es agregar una herramienta para evitar un mal mayor a la víctima, sin perjuicio de toda la legislación que ya está prevista para estos casos, desde los delitos tipificados en el Código Penal como lesiones y demás, hasta la ley contra la violencia”. Según el magistrado, se incorporaría un procedimiento efectivo y rápido que obligue a la policía a intervenir ante la mera denuncia de violencia, sin necesidad de una orden judicial, porque actualmente muchos efectivos no lo hacen por temor a ser sancionados con posterioridad. “Hoy el policía está habilitado para intervenir, a partir de esta ley tendrá que hacerlo obligatoriamente”.
En el mismo sentido, la ley obligaría a cualquier juez a receptar la denuncia aun cuando no fuera competente para tratarla, para que exista una medida urgente que proteja a la víctima inmediatamente. “Los jueces, fiscales, defensores y la policía muchas veces se pasan la pelota sin resolver nada, y eso termina costándole la vida a muchas personas”, sostuvo Rozanski. Y concluyó que “es injusto que a una persona en situación de violencia nadie la ayude hasta que vaya exactamente al lugar donde lo deben asistir”.
Durante la reunión de comisiones, Eva Giberti hizo hincapié en que "la denuncia la podrá hacer cualquier persona que sienta vulnerados sus derechos en el ámbito intrafamiliar" sin necesidad de testigos o pruebas que ratifiquen sus dichos –dada la gravedad y la urgencia de la denuncia-. Además, hizo referencia a un artículo del proyecto tendiente a establecer la capacitación de las fuerzas de seguridad y los magistrados que deban intervenir ante estos casos.
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