El integrante de la sala I de la Cámara del Crimen acumula expedientes por presunto mal desempeño, ausencias injustificadas, entorpecimiento del trabajo, incitaciones a violencia física, insultos a sus pares en medio de audiencias y acoso laboral.
“Las respuestas están dadas por escrito, y no tengo nada que decir”, dijo hoy Alfredo Barbarosch al sentarse frente a los integrantes de la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura. Estaba citado para dar explicaciones sobre las denuncias en su contra por “mal desempeño en sus funciones”. Allí estuvieron presentes varios funcionarios del fuero, la presidenta de la Cámara del Crimen, María Laura Garrigós de Rébori, y uno de los jueces protagonistas del conflicto con Barbarosch, Luis María Bunge Campos.
Barbarosch llegó puntual al Consejo de la Magistratura junto con su abogado Fernando Soto. Cuando fue consultado sobre su descargo, el magistrado respondió con una serie de escritos: el descargo propiamente dicho, de unas 100 páginas; un planteo de nulidad a la resolución que decidió su citación; una recusación a los consejeros que firmaron esa resolución y un planteo de inconstitucionalidad. Finalmente, el magistrado le pidió al Consejo de la Magistratura que se rechacen las 11 denuncias en su contra y se archiven las causas.
Soto explicó a Infojus Noticias que “el Consejo de la Magistratura tiene 402 denuncias contra magistrados para analizar, tiene que reunirse una vez por semana y se reunió una sola vez para tratar este tema”. “Los cargos son inasistencias, todas justificadas” explicó y sostuvo que existen “certificaciones falsas” para ello, en total detalló que son 90 insistencias las falsificadas. “Tiene menos inasistencias que los denunciantes”, concluyó.
Al mismo tiempo, calificó de “absurdas” las denuncias en contra del magistrado ya que se lo denuncia porque “mantiene fija la mirada” o por “sacar un papel bruscamente de la mano de otro”. Por otra parte, Soto sostuvo que, en relación con las sanciones disciplinarias, la Comisión acusa y juzga a la vez, es decir, “es juez y parte”.
El descargo
“Soy un hombre honesto, un juez honesto, con más de 26 años de trayectoria judicial sin ninguna denuncia por corrupción en toda mi carrera”. Así comienza el escrito presentado por el magistrado hoy ante la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo. Después realizó un pequeño recuento de las causas “resonantes” que tuvo a su cargo tales como, “los de Guglielminetti, dictando la primer sentencia de condena en la Argentina por el delito de enriquecimiento ilícito, en el año 1999. El de Sanchez Reisse, el del Grupo Manzano - Vila, el del grupo Moneta y, más recientemente, el caso Pedraza por la muerte de Mariano Ferreyra”, consignó.
El dictamen que concluyó en la citación de Barbarosch sostenía que este “no asistió a ninguno de los acuerdos generales de la Cámara durante 2011” y daba datos: entre los meses de mayo de 2010 y octubre de 2011 el magistrado denunciado estuvo ausente en 896 de las 2281 audiencias celebradas.
“Las certificaciones que pretenden acreditar las ausencias injustificadas que me imputan son falsas”, contestó el magistrado en su descargo. Sostiene que en por lo menos 90 de ellas él estuvo “participando de la audiencia oral y suscribiendo las resoluciones respectivas”. “Mis ausencias, mis verdaderas ausencias, se encuentran todas y cada una absolutamente justificadas”, consignó en el escrito Barbarosch.
En cuanto al hostigamiento al personal de la sala I que integra Barbarosch se preguntó “porque no promueven una demanda en el fuero correspondiente, si es que pueden acreditar el supuesto acoso laboral por otros medios de prueba”.
Luego, intentó explicar lo sucedido con la subdirectora general de la Procuración General de la Nación, Verónica Fernández de Cuevas, durante una audiencia y que, en agosto pasado, incluso meritara una resolución de la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó. “Es una provocadora permanente”, dijo Barbarosch y agregó: “Llegó a insultarme y agredirme de tal manera, que llegó a decirme si “no me pasé de dosis”, sonriendo sarcásticamente. También me dijo que “no tenía vida privada” y que “vivía para únicamente recordar hechos anteriores ocurridos a partir de 2004”.
Las recusaciones
En cuanto a las recusaciones el juez recusó a todos los consejeros que firmaron la resolución que lo citó para que dé explicaciones sobre las denuncias en su contra ya que “se realizaron valoraciones y se utilizaron expresiones que denotan un profundo sentimiento de rechazo hacia mi persona que demuestran una clarísima y evidente prejuicio sobre los hechos denunciados”.
En este sentido, el magistrado consignó que “no se trata de “no compartir” una resolución” sino que “se trata de defenderse frente a un juicio que se evidencia claramente estructurado, “armado”, en mi contra para sancionarme, desprestigiándome y humillándome en el camino del proceso”.
En el mismo sentido el juez explica que “la citación a declarar no puede ser una acusación” y ahora “ya no sólo tengo que defenderme de una acusación, tengo que defenderme de injurias”. Esto último en relación a que en el dictamen aprobado en el que se decidió su convocatoria se sostiene, tal y como explica el juez, que es citado por “tener una conducta patológica”.
La nulidad
Además de la recusación de los consejeros, el integrante de la Cámara del Crimen pidió la nulidad de la misma ya que “se me atribuyeron hechos que ni siquiera se verificaron verosímilmente” puesto que “les bastaba su propia convicción prejuiciosa y su propia valoración negativa hacia mi persona”.
"Es completamente nula una citación a declarar que me “cataloga” en forma completamente arbitraria de “querulante”, como un supuesto cargo en mi contra”, explica en el escrito que concluye: “Igualmente daré batalla y defenderé mi honor, defendiendo mi persona, mi integridad y mi vida, que es mi cargo como Magistrado de la Nación”.
La inconstitucionalidad
El cuarto de los escritos presentados ante la Comisión de Disciplina y Acusación del consejo es un planteo en el que pide se decrete “la inconstitucionalidad de la ley 24937 y de los Reglamentos dictados por este Consejo de la Magistratura por los cuales se sostiene el proceso abierto en mi contra”. Es decir el sistema de enjuiciamiento que establece la Ley que creó el Consejo de la Magistratura.