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Infojus Noticias

1-6-2015|18:56|Maltrato animal Nacionales
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La ley fija penas de 15 días a un año quien maltrate animales

Buenos Aires: capacitarán a operadores judiciales en derecho animal

Será a partir del próximo miércoles en la sala de juicios penales de San Isidro. Durante el curso, que se dividirá en dos jornadas, se analizará jurisprudencia y los últimos casos testigo. A través de la capacitación, se busca activar la ley 14346 de crueldad animal, para que se denuncie el maltrato animal y para que quienes las reciban conozcan la ley.

Por: Infojus Noticias

Una de las necesidades para que se active la ley 14346 de actos de crueldad animal es que las personas denuncien: si alguien patea un perro o golpea un caballo puede ser penado con prisión de 15 días a un año. La segunda parte de la cadena anti-crueldad se completa cuando la persona que recibe la denuncia conoce la ley y no la desestima ni se burla del denunciante. Por estas razones es que esta semana el derecho animal llega a la sala de juicios penales de San Isidro, donde se instruirá a operadores judiciales en la jurisprudencia y los casos testigo del último tiempo. La capacitación se dará en dos tandas temáticas.

Los disertadores serán Susana Dascalaky y Gerardo Biglia, profesores de la materia de derecho animal en la Universidad de Buenos Aires (UBA). Ambos son abogados del Centro de Prevención de Crueldad Animal, una entidad que participa como querellante por todo el país en causas que involucran crímenes contra los animales.

El próximo miércoles, en el primer encuentro, uno de los temas será el doping animal: “Habitualmente se da en las competencias mal llamadas ‘deportivas’, como los hipódromos y las carreras de galgos. En varios casos se detectó la existencia de este tipo de conductas que están reprimidas también por la ley de estupefacientes, que tiene penas más altas que la ley de crueldad y puede llegar a los diez años. Otro de los delitos que se dan en estos lugares es el de apuestas clandestinas. Por lo que si uno va bien preparado puede encontrar varias ilegalidades en un mismo ámbito, y esto es algo que se repite”, dijo a Infojus Noticias Biglia. 

El caso de la orangutana Sandra como sujeto de derecho

El artículo primero de la ley 14346 penaliza al que “infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad” a los animales. Biglia explicó cómo interpretar ese punto de la ley para presentar tener más recursos al momento de promover una causa: “Víctima solo puede ser un sujeto, no un objeto como el Código Civil los trata. Los fallos más modernos van por ese lado, por ejemplo en el amparo y habeas corpus de Sandra, la orangutana del zoológico de Palermo, la Cámara de Casación Penal que es el tribunal penal superior de toda la nación dictó un fallo donde habla de ‘todos los animales’ como sujeto de derecho. El fallo no aplicó ninguna de las consecuencias que se derivarían de eso, pero es importante como precedente”.

El miércoles 10 la capacitación desglosará punto por punto cada inciso de la ley 14346. “Son todos delitos dolosos y en cada inciso hay oportunidad de combinar más de una conducta típica. A veces hay leyes provinciales o municipales que reglamentan actividades  que están prohibidas a nivel nacional, lo que es inconstitucional, pero que demora el accionar judicial. En esos revueltos se terminan realizando ilegalidades como las riñas y para evitarlo hay que tener un sistema que haga cumplir con lo que dice la ley”, dijo Biglia.

La organización del curso está a cargo del Instituto de Estudios Judiciales de la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires, el Colegio de Magistrados y Funcionarios de San Isidro y el Colegio de Abogados del mismo distrito. Será en la sala de audiencias de Juicios Penales de 14.30 a 17.30 (Ituzaingó 340, San Isidro). Es gratuito y la inscripción se puede hacer online (http://www.scba.gov.ar/instituto)

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