El comisario Miguel Ángel Espósito será enjuiciado en septiembre por la privación ilegal de Bulacio. El tribunal oral 29 aceptó un pedido de su defensa para que se cite a funcionarios judiciales que actuaron en la causa. Y expliquen el "memorando 40", que usaba la Federal para detener a menores.
Walter Bulacio fue en abril de 1991 a un recital de Los Redonditos de Ricota, en Obras. Afuera del estadio fue demorado por efectivos de la comisaria 35. Lo detuvieron argumentando que había intentado “colarse”. Una semana después, Walter murió como consecuencia de una golpiza que le dieron en esa comisaría. La causa principal del crimen prescribió, por la lentitud judicial. Sólo queda en la Justicia una causa, en la que se investiga la presunta privación ilegal de la libertad del joven. El único acusado hoy es el comisario Miguel Ángel Espósito. Hoy, el tribunal que actúa en el caso reactivó el expediente.
Es que los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 29, integrado por Alejandro Litvack, María Cristina Deluca Giacobini y Gustavo Goerner, aceptaron el pedido de la defensa. Y convocaron a ex jueces, jueces, un fiscal y una ex defensora del pueblo porteña, para que sean testigos en la causa. En concreto, el tribunal aceptó el pedido para que todos declaren sobre la existencia del “memorando 40”, una norma ilegal que permitía a la Policía Federal detener a menores de edad y entregarlos a sus padres sin intervención de un juez.
El abogado de Espósito, el penalista Pablo Argibay Molina, pidió convocar a los jueces y funcionarios judiciales que desempeñaban cargos en 1991. El objetivo, dijo, es que certifiquen si la detención de Bulacio pudo haberse producido como parte de una práctica habitual para con los menores de edad.
Los convocados son los ex jueces penales Carlos Elbert y Cristina Camiña, el fiscal Oscar Ciruzzi, el ex juez Alberto Piotti y la ex defensora del pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Alicia Oliveira. Y los comisarios Miguel Ángel Garín, Jorge Carrano y Héctor Carral; el subcomisario Alejandro Grzelka y el principal David Rodríguez, integrantes del Consejo de Disciplina que evaluó la situación interna de Espósito en la Federal, en 2008. Oliveira, por ejemplo, fue citada porque reconoció que existió el memorando 40 en un reportaje.
María del Carmen Verdú, abogada de la familia de Bulacio, sostuvo que Esposito mantuvo desde el 3 de mayo de 1991, momento en que fue indagado, la postura acerca del “memorando 40”, que “no es una ley ni una norma” sino una disposición interna de la Policía Federal.
Verdú explicó que en este juicio hace tres años se le solicitó la ampliación de pruebas en la causa y no presentaron nada. “Lo que hay que entender es que no hay nada que probar”, dijo. Esto debido al reconocimiento de la Corte Suprema y del máximo tribunal regional, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre el hecho. El Estado argentino fue condenado por su responsabilidad en el crimen, como lo sostiene la sentencia del tribunal internacional. En 2003 la CIDH le exigió al Estado “derogar este tipo de normas”.
Este juicio debió haberse realizado en agosto de 2011, pero como ocurrió desde el inicio de la investigación, una serie de planteos judiciales postergaron su inicio.
Espósito ya que fue sobreseído por el crimen y por la aplicación de torturas a Bulacio. Será juzgado en septiembre sólo por la detención ilegal. Un delito que contempla prisión o reclusión de uno a cinco años, “e inhabilitación especial por doble tiempo”, al “funcionario público que, con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, privase a alguno de su libertad personal”.
La causa llegó a esta instancia oral tras una maraña procesal que ya lleva 22 años