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Infojus Noticias

27-5-2014|10:43|Ciudad Nacionales
La investigación se inició en 2006

Comunero del PRO, sobreseído en estafa millonaria a jubilados

Martín Casabella había sido procesado por la jueza federal María Servini de Cubría en una causa por estafa millonaria a más de 77 mil jubilados y excombatientes.

Por: Néstor Espósito

La Sala Primera de la Cámara Federal porteña -que en los próximos días deberá resolver si el jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, va a juicio oral en la causa por las escuchas ilegales-, benefició con la “prescripción” a un ex funcionario del PRO y director del Centro de Gestión y Participación N°3 (barrios de Balvanera y San Cristóbal), acusado por una estafa millonaria a más de 77 mil jubilados, pensionados y ex combatientes de la guerra de Malvinas. Se trata de Mariano Martín Casabella, también ex funcionario de la ANSES, procesado por la jueza federal María Servini de Cubría por “incumplimiento de los deberes de funcionario público”, en el expediente en el que los responsables de la Cooperativa Ferromar Ltda. van camino a juicio por el delito de “estafas reiteradas en 77.478 hechos”. La cooperativa conseguía descontar, sin justificación alguna, entre 1,70 y 2,10 pesos a miles de jubilados, pensionados y ex combatientes.

En ese contexto, Casabella fue procesado porque “en el marco de 850 denuncias formuladas por beneficiarios de la ANSES no adoptó las medidas de investigación pertinentes”. El procesamiento fue confirmado por el mismo tribunal que, ahora, consideró la causa estaba prescripta en su caso,  incluso desde antes de ser llamado a prestar declaración como acusado.

El 6 de mayo pasado, en el marco del expediente 2818/2006/15, los camaristas Jorge Ballestero, Eduardo Farah y Eduardo Freiler declararon “extinguida por prescripción la acción penal respecto de Casabella, en orden a los hechos por los que fuera indagado y, en consecuencia, dictar su sobreseimiento”. Interpretaron el artículo 67 del Código Penal, que establece “la prescripción se suspende en los casos de delitos cometidos en el ejercicio de la función pública, para todos los que hubiesen participado, mientras cualquiera de ellos se encuentre desempeñando un cargo público”.

Casabella dejó de ser funcionario de la ANSES en 2008, dos años después de que se inició la investigación, a raíz de una denuncia de la pensionada Martha De la Fuente, quien detectó en su propio recibo el descuento indebido. Pero otras dos imputadas en la causa permanecieron trabajando en la obra social de los jubilados. Isabel Lovrincevich trabajó allí hasta 2013. María Ester Rodríguez sigue en el cargo. Ambas, junto con los directivos de Ferromar Julio -Garialde, María Victoria Garialde, Epifania López, y Luis Cariati (cuyos bienes están embargados en más de cuatro millones de pesos para cada uno)- fueron enviadas a juicio oral, que deberá celebrar en fecha por designar el Tribunal Oral Federal N° 2.

La Cámara reconoció que “es verdad que los plazos para la extinción de la acción se suspenden en todos los casos en los que el delito se ha exteriorizado mediante la intervención de un funcionario público –con independencia del grado de compromiso que éste registre en su comisión-; que tal condición durará hasta tanto siga desempeñando esa calidad y afectará no sólo su situación sino la de todos aquellos que participaron en el ilícito”. Además, los jueces admitieron que en la causa “hay imputados que detentan –o lo hicieron hasta hace muy poco- ese carácter”. Sin embargo, interpretaron la normativa que aparentaba impedir la prescripción a favor de Casabella: “si la conducta que en el particular se examina no implicó sino un proceder que carece de vinculación con el obrar del tercero, no existe ese sentido de complicidad que haga pesar sobre uno el hecho del otro”. El delito principal es la “estafa”, y Casabella estaba acusado de incumplir con sus deberes de funcionario.

“Invocando la permanencia en funciones de otro agente de la ANSES –extraño al reproche bajo el cual los imputados fueron sometidos a proceso-, se hace soportar sobre Casabella y Lovrincevich una consecuencia normativa que hasta aquí debiera serles ajena… En la medida en que el proceder delictivo sólo puede serles atribuido a título personal, es decir que carece de vinculación con el obrar de otros, no es aquí posible establecer ese sentido de complicidad” para mantener vigente la causa, dijeron los camaristas.

Sin embargo, la ex funcionaria Lovrincevich no fue sobreseída. Casabella “se mantuvo en la función pública hasta enero de 2008” por lo que “el mismo transcurso del tiempo condujo a que la acción en su contra feneciera en 2010, esto es algo más de un año antes de que fuera llamado a prestar declaración indagatoria”. El tribunal no advirtió esa circunstancia cuando en julio de 2013 ratificó el procesamiento del dirigente del PRO. “Distinta es la situación de Lovrincevich en la medida que conservó el carácter de funcionario público hasta el pasado año, motivo por el cual al día de hoy no han transcurrido los dos años que regulan en este caso el instituto (de la prescripción) en examen”, expresaron.

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