Intervinieron ante la denuncia telefónica de una vecina de San Telmo. El máximo tribunal confirmó una condena de tres años de prisión en suspenso y seis de inhabilitación para cargos públicos.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó una condena por apremios ilegales contra dos policías que golpearon a un hombre que estaba borracho y tenía un yeso en la pierna. La defensa oficial de uno de los agentes presentó una queja que fue rechazada por el máximo tribunal. En diciembre el tribunal había rechazado un recurso similar del otro policía implicado en las agresiones.
Miguel Ángel Elena y Gastón Diego De Chiara eran policías federales en 2005. El 3 de julio a las nueve de la noche recibieron un llamado de una vecina. La mujer denunciaba a un hombre que se encontraba “intentando la comisión de un ilícito” en el barrio porteño de San Telmo. El hombre -en estado de intoxicación por el consumo de alcohol- había entrado minutos antes en el hall del edificio ubicado sobre la calle Defensa al 1100. Pensaba que había una fiesta y seguía a una mujer. La vecina se dio cuenta de que el hombre (identificado en el expediente como A.A.) estaba borracho y alterado. Se asustó y llamó a la policía.
Elena y De Chiara, oficial y suboficial de la Policía Federal, fueron hasta el lugar respondiendo a la denuncia telefónica. En el hall de entrada estaban el hombre borracho, la mujer que había sido seguida por él, su tío y un sobrino. Cuando vieron a los policías intentaron abrir la puerta pero no pudieron. Pasaron las llaves a los oficiales por debajo de la puerta. Una vez que los agentes de la fuerza estuvieron adentro comenzó la agresión. Sin mediar palabras, uno de ellos le aplicó un rodillazo en el abdomen al hombre alcoholizado, mientras el otro lo sostenía de los brazos. El hombre tenía una de sus piernas enyesadas. Cayó al piso y uno de los policías le pisó la cara. Lo esposaron uniendo su muñeca con el tobillo. Después lo sacaron del hall del edificio de los pelos.
Las agresiones de los policías llegaron a la justicia. En 2008 ambos fueron condenados por “apremios ilegales agravados por violencia”. El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 23 los condenó a tres años de prisión en suspenso y a seis años de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos. Las defensas de los policías presentaron recursos contra la sentencia que fueron denegados por la Cámara Federal de Casación. Los jueces Alejandro Slokar, Ángela Ledesma y Ana María Figueroa confirmaron la sentencia del TOC argumentando que “ningún motivo justificó el accionar policial en la forma violenta que le produjo lesiones a la víctima”. Destacaron también que el hombre “no se había resistido, ni estaba en condiciones físicas y psicológicas de oponerse al arresto o intentar una fuga”.
Pero las defensas de los policías insistieron. Recurrieron a la Corte Suprema con un recurso de queja contra la sentencia. El recurso que presentó la defensa de Elena fue rechazado el 17 de diciembre pasado. El 18 de febrero, con las firmas de Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Carmen Argibay y Juan Maqueda, se declaró inadmisible el recurso que presentó la defensa de De Chiara. El máximo tribunal rechazó la queja y se basó en una cuestión “procesal”, es decir, en el artículo 280 de ese código. Un artículo que le permite al máximo tribunal, “según su sana discreción “rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia”. La condena a estos dos policías ya quedó firme y es, como se dice, “cosa juzgada”.