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Infojus Noticias

15-7-2015|17:00|Veredicto Nacionales
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Estuvo a punto de cremar el cadáver

Condenaron a una mujer por matar a su marido y fraguar una muerte natural

Panagiota “Mariana” Alexopoulos, de 61 años, recibió una pena de 16 años de prisión. Fueron absueltos dos médicos y una amiga de la mujer que estaban acusados de encubrimiento.

  • Fotos: Mario Sayes.
Por: Infojus Noticias

Panagiota Alexopoulos tiene 61 años y fue condenada a una pena de 16 años por asesinar a su esposo, Julio César Caprarulo. Así lo resolvió este mediodía el Tribunal Oral Criminal 2 de Lomas de Zamora. Los jueces señalaron que la mujer continuará con arresto domiciliario hasta que la sentencia quede firme. Además, absolvieron a los dos médicos y a una amiga de Panagiota imputados por encubrimiento.

A la acusada todos la conocen como Mariana. La dificultad para pronunciar su nombre de origen griego la llevó a adoptar ese sobrenombre. Los jueces que hoy la condenaron hicieron lugar al pedido de la fiscal Marcela Dimundo, que en su alegato había solicitado una pena de 16 años por homicidio simple.

La representante del Ministerio Público también había pedido 3 años de prisión en suspenso para los médicos Omar Rossi y José Pinto García, el primero por "falsedad ideológica de instrumento público" y el segundo por "encubrimiento". Además, había pedido la absolución de Virgina Zulberti,  por su "amistad íntima" con la imputada. Los jueces absolvieron a los tres porque consideraron que no estaba acreditado que hubieran colaborado con el ocultamiento del homicidio.

“Nosotros seguimos sosteniendo su inocencia”, dijo la abogada Patricia Anzoátegui, quien comparte la defensa de Panagiota junto a Julio Cisterna. “Durante el debate nunca se acreditó el evento en el que esta señora podría haber matado a su marido”, dijo la letrada, quien cuestionó la “autopsia defectuosa” a la víctima.

Según la investigación, en noviembre de 2011, Mariana se presentó en la casa velatoria La Paz, en Lanús, para pedir el servicio para su marido. El certificado de defunción firmado por Pinto García decía que Caprarulo había muerto de un paro cardiorrespiratorio no traumático. Muerte natural. Pero en la cochería notaron que el hombre tenía heridas en la cabeza que trataban de disimularse bajo unas “curitas”. Se negaron a cremar el cuerpo y llamaron a la policía.

Mariana llevó el cuerpo a la cochería Piñeyro, en Avellaneda. Ahí aceptaron el trabajo y trasladaron al hombre al Cementerio Parque Iraola, de Berazategui. El horno estaba listo para la cremación justo en el momento que la policía llegó para detener a la mujer.

La investigación quedó en manos de la UFI2 de Berazategui, a cargo de María de los Ángeles Attarian Mena, quien por entonces dijo en declaraciones periodísticas: “A simple vista se constataron las lesiones que tenía esta persona y que daban cuenta de una muerte traumática”. La autopsia le dio la razón: “traumatismo craneano con lesiones vitales”.

Durante el debate oral, el Ministerio Público fue representado por Dimundo. En su alegato, fundó el pedido de pena en varios aspectos que, a su entender, quedaron comprobados en las audiencias. El funeral en el cuarto de la pareja, en la casa de Dardo Rocha 522 de Avellaneda, con poca luz, y con una actitud de la acusada “autovigilante y controladora de las personas que entraban y salían de la habitación”, sumados a actitud tranquila de la mujer cuando pidió el servicio de ambulancia a la obra social OSECAC y la celeridad con la que trato de cremar el cuerpo, fueron algunos de los elementos con los que se fundó el pedido de 16 años de prisión por el homicidio.

Otro elemento, quizás uno de los más importantes a la hora de inclinar la balanza de los investigadores, fueron las pericias realizadas en la casa. A simple vista nada parecía diferente en la habitación en la que habían velado al difunto. Sin embargo, las pruebas de luminol revelaron otra cosa: sobre la cama, el piso y las paredes había sangre lavada. Los peritajes de ADN confirmaron que pertenecía a Caprarulo. En la pileta de la casa también hallaron manchas.

Para Dimundo, "Mariana" asesinó al hombre con un "elemento contundente" que nunca fue hallado, mientras se encontraba sola en la casa, y para disimular el crimen realizó el velatorio en la vivienda, al que asistieron familiares y amigos.

La abogada Patricia Anzoátegui sostuvo en su alegato la inocencia de Alexopoulos con el argumento de que el hombre tuvo una "muerte natural". Anzoátegui explicó a Infojus Noticias que existieron innumerables irregularidades durante la Instrucción Penal Preparatoria y que no se ha podido establecer con certeza la data de muerte por lo que no está comprobado que Capruaro estuviera muerto al momento de que su defendida haya entregado el cuerpo a la cochería. Además, la abogada explicó que los signos de golpes que presentaba el cuerpo serían por una caída del cuerpo mientras personal del cementerio lo manipulaba para sacarlo del ataúd. En esta hipótesis, Capruaro habría sufrido un estado de inconsciencia que hizo pensar a la mujer que estaba fallecido.

Otro punto que remarcó Anzoátegui es que algunos testigos que fueron al velatorio afirmaron en sus declaraciones que el cuerpo sólo presentaba una pequeña lesión tapada con una “Curita” sobre una de las cejas y unas heridas en una oreja. Ambas lastimaduras, según la versión de la acusada, habrían sido producidas por mordeduras y rasguños del perro de la pareja, en un intento por despertar a la víctima cuando se hallaba inconsciente o fallecida debido a un derrame cerebral.

En relación a los médicos imputados, la fiscal dijo que quedó comprobado que Rossi falsificó el certificado de defunción de la víctima al dejarlo en blanco y que su colega de la Obra Social de Empleados de Comercio (OSECAC), Pinto García, encubrió el crimen al suscribir que había muerto de un "paro cardiorrespiratorio". La defensa de los médicos, en cambio, sostuvo que ninguno de los dos advirtió que el hombre estuviera golpeado y consideraron que se había tratado de una "muerte natural", por eso pidieron la absolución para ambos.

SO/LC

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