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Infojus Noticias

4-11-2013|17:27|Fallo Nacionales
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Aunque los jueces dejaron sin efecto la declaración de reincidencia

Confirman la condena de un preso acusado de un “secuestro virtual”

El 25 de noviembre de 2007, alrededor de las 17.10, Luciano Adjemián llamó a la familia de Susana S. desde un teléfono en la cárcel. Habló con ellos durante poco más de 45 minutos y les pidió mil pesos de rescate para liberarla. Pero el secuestro nunca había ocurrido.

  • Ilustración: Kitsch
Por: Infojus Noticias

En octubre del año pasado, Luciano Adjemián fue condenado a cuatro años de prisión. Lo acusaron de extorsión porque intentó cobrar un rescate por un “secuestro virtual” que orquestó mientras permanecía detenido en el Complejo Penitenciario Federal 1 de Ezeiza. Ahora la Cámara Federal de Casación Penal consideró que el delito fue “acreditado” en la causa, pero ordenó revisar el monto de la pena.  

El 25 de noviembre de 2007, alrededor de las 17.10 Adjemián llamó a la familia de Susana S. desde un teléfono en la cárcel. Habló con ellos durante poco más de 45 minutos y les pidió mil pesos de rescate para liberarla. Acordaron el lugar de la entrega pero, cuando la hermana de quien entonces era su pareja se presentó a cobrar el dinero, la detuvieron. El secuestro nunca había ocurrido.

En la causa quedó demostrado que Adjemián llamó desde el penal usando tarjetas telefónicas y el Tribunal Oral en lo Criminal de Instrucción nº 5 lo condenó por el delito de extorsión en grado de tentativa a cuatro años de prisión. Para determinar la cantidad de años de cárcel tuvieron en cuenta que el hombre estaba cumpliendo una condena por otro delito, y lo consideraron un agravante.

La defensa apeló. Consideraron que la condena se basó en un único indicio que resulta de la presencia del acusado “en la zona de los teléfonos” que consta en el libro de actas que lleva el Servicio Penitenciario. Afirmó además que por tratarse un “secuestro virtual” la amenaza de daño nunca podría concretarse, y en realidad la figura que correspondía era la de estafa. También cuestionó que los jueces de la primera instancia agravaran el monto de la pena por ser Adjemián reincidente.

Los camaristas Alejandro Slokar, Angela Ledesma y Pedro David confirmaron parcialmente la sentencia. Avalaron la decisión de condenarlo por intento de extorsión, pero anularon la determinación de la cantidad de años de cárcel que le impusieron. Dejaron sin efecto la declaración de reincidencia, habida cuenta que cualquier agravación de la pena “debe ser considerada inconstitucional”. Ahora, la causa finalmente fue remitida a la Oficina de Sorteos de la Secretaria General de esta Cámara a fin que la remitan a otro tribunal para que, previa audiencia con las partes, se fije una nueva pena.  

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