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Infojus Noticias

22-4-2015|16:20|Supuesta evasión Nacionales
Por qué el sitio tuvo que poner un cepo a los cordobeses

Córdoba y Mercadolibre en pie de guerra por las compras en internet

El gobierno provincial cree que el portal de comercio electrónico evade impuestos a través de su sistema propio de pagos. Por eso dispuso un régimen de retenciones para cobrar por anticipado. Como reacción, ML bloqueó las transacciones de los residentes de Córdoba con otras provincias. Cómo sigue la disputa.

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Por: Infojus Noticias

Desde el lunes pasado, las compras electrónicas a través de Mercadolibre no son tan “libres” para los cordobeses. La empresa bloqueó todas las operaciones de los que residen en Córdoba con otras provincias. Si un vecino de Carlos Paz quiere, por ejemplo, comprar insumos informáticos ofrecidos por un comerciante en Mendoza, no lo podrá hacer. La firma impuso un cepo y los cordobeses trinaron en las redes sociales. El vocero de la firma, Daniel Gándara, explicó que fue la reacción que tomó la firma ante “un régimen de retenciones que el Gobierno provincial nos aplica y que encarece el comercio electrónico”. Desde el Ejecutivo, contraatacó el ministro de Finanzas, Ángel Elettore. “Con esta medida, defienden evasores”, dijo.

“Optamos por inhabilitar las compras fuera de la provincia para evitar que los vendedores sufran una Percepción y una Retención sobre la misma transacción ya que existe la posibilidad de generar excesivos créditos fiscales a nuestros vendedores de otras provincias”, dijo ML en un comunicado.

¿Cuál fue el origen de la controversia? El Gobierno cordobés considera que ML elude obligaciones tributarias propias y de terceros a través de habilitar medios de pago como la plataforma Mercado Pagos. Por eso inició una investigación a través de la Policía Fiscal de la provincia, dependiente de Secretaría de Ingresos Públicos (SIP).

La empresa ya era agente de percepción, desde 2012. Pero en febrero la SIP dispuso la resolución 02/2015, que nomina a ML SRL como agente de retención del impuesto a los Ingresos Brutos (IIBB) y le ordena retener el 2% de las cobranzas realizadas a través de Mercado Pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos de los vendedores.

Desde 2011 existe en la provincia la Ley Tributaria, que penaliza el delito de evasión. “Si un funcionario público toma conocimiento de un delito, como es la evasión, lo primero que debe hacer es formular la denuncia penal”, explica el tributarista Marcos Sequeira, consultado por Infojus Noticias. “En lugar de denunciar, tomó una medida que encarece el costo impositivo en Córdoba”, agrega Sequeira.

Pareciera que ML busca ejercer presión con su decisión de poner un cepo. Es que, de todos modos, no incumple la resolución impuesta por el Gobierno, porque el punto de controversia es Mercado Pago. “Suposición de que la compañía o no paga Ingresos Brutos o tributa en otra jurisdicción”, explicó al diario especializado Comercio y Justicia Luis Domínguez, secretario de Ingresos Públicos de la Provincia y director de Policía Fiscal.

¿A quién afecta la medida? Córdoba representa entre un 3 y un 5 por ciento de las ventas que tiene Mercado Libre en Argentina. Seguramente que sus operaciones en el distrito caerán. Pero también afecta a comerciantes de otras provincias y usuarios particulares. Para el vocero de Mercado Libre, con la resolución que nomina a la empresa como agente de retención, Córdoba “duplica las retenciones”.

Puede darse, por ejemplo, la siguiente situación: un comerciante que fabrica insumos informáticos en Mendoza y paga Ingresos Brutos en esa provincia, terminaría pagando también el mismo impuesto en Córdoba. “Más aún si la empresa no tiene sustento territorial, como un sucursal, o viajantes en Córdoba, por ejemplo. En ese caso, corresponde que tribute en la provincia donde fabrica”, explica Sequeira.

Según el especialista, ya son varias las provincias que aplican esa retención, “aunque no del 2%”, dijo y enumeró: Catamarca, Santa Fe y San Luis, además de algunos partidos de la provincia de Buenos Aires.

De acuerdo con el Código Tributario de Córdoba, sólo pueden gravarse las ventas realizadas por un actor que actúa con “habitualidad y fines de lucro”. Pero a través de Mercado Libre dos personas físicas que tiene interés de, por ejemplo, vender o comprar un mueble usado, pueden generar una transacción. En ese caso, no existe habitualidad. La resolución provincial no deja claro si el 2% se aplica en esos casos.

Para Sequeira, es en ese punto donde la resolución puede volverse irregular. “La provincia puede terminar trasladando obligaciones publicas indelegables, como el control de las obligaciones del código Tributario, a una empresa privada. Porque sólo Mercado Libre puede definir cuál operador es habitualista y cuál no”.

WC/RA

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