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Infojus Noticias

20-11-2015|16:05|FALLO Nacionales
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El fallo lleva la firma de Eduardo Riggi y Liliana Catucci

Desarchivan causa contra funcionarios denunciados por el Grupo Clarín

Se inició en 2013, cuando miembros del Ejecutivo se presentaron en la Asamblea General Anual Ordinaria del conglomerado empresario, en representación del paquete accionario propiedad del Estado, y los directivos los denunciaron por “coacción agravada e intimidación pública”. Ahora, la Cámara Federal de Casación Penal revocó los fallos previos y pidió que se profundice la investigación.

  • Télam
Por: Infojus Noticias

La Cámara Federal de Casación Penal revocó una sentencia y desarchivó una causa donde directivos del Grupo Clarín denunciaron por “coacción agravada e intimidación pública” al ministro de Economía, Axel Kicillof; el síndico general de la Nación, Daniel Reposo; el entonces secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno; el presidente de la CNV, Alejandro Vanoli; y otros funcionarios del gobierno nacional. En 2013, todos ellos se presentaron en calidad de accionistas minoritarios ante la Asamblea General Anual Ordinaria del conglomerado empresario, para defender los intereses del Estado que, a través de ANSES, es propietario de un porcentaje del paquete accionario.

Ese 25 de abril de 2013, los representantes del Estado participaron de la Asamblea y cuestionaron los manejos empresarios. El clima de tensión que se vivió aquel día, por los cuestionamientos de los manejos empresarios, llegó a la Justicia de la mano de los directivos del grupo y de un diputado, que presentaron denuncias judiciales. Una de ellas –firmada por el entonces legislador nacional Eduardo Amadeo (hoy diputado electo)–, y la otra por los directivos del Grupo: Jorge Rendo, Alejandro Urricelqui y Pablo Casey. 

En sus denuncias, sostuvieron que los funcionarios tuvieron una conducta que encuadraría “en la figura prevista y penada en el art. 248 del CP al advertirse la sucesión de incumplimientos funcionales destinados a un premeditado perjuicio con la utilización de la potestad de sus cargos (…) [ya que] el aporte individual es relevante como producto de abuso de su función dejando en evidencia el incumplimiento del deber legal”. Esto es presuntos delitos  de “coacción agravada e intimidación pública”, traducidos en lo que denominaron como “actos de patoterismo”.

En primera instancia, la denuncia fue desestimada porque el fiscal no instó la causa y el juez no se expidió sobre el fondo del asunto, disponiendo la desestimación por una cuestión formal.  La Cámara Federal dio vuelta ese fallo y le ordenó al magistrado fundamentar su postura. En ese nuevo pronunciamiento, “analizó el contenido de la denuncia formulada; oportunidad en que concluyó, precisamente, en la inexistencia de delito y dispuso el archivo de las actuaciones”.

En aquella sentencia, el juez explicó que “…lejos de cometer un ilícito”, los funcionarios denunciados “defendieron la participación estatal en la empresa, participando activamente de la Asamblea y deliberando acerca de los intereses de las partes, opinando acerca de los puntos tratados durante el acto”. Y la sala I de la Cámara en lo Criminal y Correccional en lo Federal la confirmó.

Sin embargo, ahora la sala III de la Cámara Federal de Casación Penal, con una mayoría conformada por Eduardo Riggi y Liliana Catucci, consideró “arbitrario” el fallo. Riggi sostuvo que se “han omitido cumplir la sustanciación que ameritaban las circunstancias y, en consecuencia, recolectar los elementos de prueba que podían resultar relevantes para la investigación de los delitos de acción pública denunciados”.

“Se adoptó un temperamento definitivo conclusivo del proceso sin efectuar ni realizar la más mínima pesquisa en orden a los hechos eventualmente relevantes puestos en conocimiento de la autoridad jurisdiccional”, agregó. Catucci, por su parte, explicó que “el cariz de los acontecimientos provocados no permite descartar el contenido delictual por parte de los actores”.

En disidencia, votó el juez Mariano Borinsky. El magistrado explicó que hay una imposibilidad de proceder porque tres fiscales de todas las instancias –Miguel Osorio, Germán Moldes y Ricardo Weschler– se pronunciaron por desestimar la denuncia. “Ante la imposibilidad de proceder en las presentes actuaciones, se impone estarse a la desestimación de la denuncia dictaminada y consentida en las diferentes oportunidades por los representantes del Ministerio Público Fiscal ante las distintas instancias”, escribió Borinsky.

“Los delitos de acción pública, el impulso inicial de la acción penal pública necesario para generar la actuación del órgano jurisdiccional en la persecución penal con motivo de una denuncia, es potestad del Ministerio Público Fiscal”, explicó el juez que votó en minoría.

Ahora, con el desarchivo de la causa, las actuaciones fueron remitidas nuevamente al tribunal para que se reabra la investigación que recaerá sobre Kicillof, Reposo, Moreno, Vanoli y Hernán Pablo Fardi y Héctor Herman.

GA/LL

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