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Infojus Noticias

20-3-2015|14:14|Córdoba Nacionales
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En 1994 el cantante pronunció la frase completa en La Plata

Desestiman la denuncia contra Calamaro por decir "qué linda noche para ..."

Para el juez Miguel Hugo Vaca Narvaja se trató de "una manifestación apreciativa que deja un espacio abierto para que cualquiera pueda completarla de la manera que prefiera". El cantante había pronunciado la frase durante el Cosquín Rock 2015 y fue denunciado por el legislador Aurelio García Elorrio por “preconizar el uso de estupefacientes”.

Por: Infojus Noticias

Andrés Calamaro dijo en el Festival Cosquín Rock 2015 “qué linda noche para…”, y parte del público completó los puntos suspensivos con “fumarse un porrito”. La frase completa la había pronunciado en 1994, cuando Calamaro dijo en La Plata "qué linda noche para fumarse un porrito”. Fue acusado por apología del delito y después lo sobreseyeron. El legislador de Encuentro Vecinal de Córdoba, Aurelio García Elorrio lo denunció ante la fiscalía federal número 3 de Córdoba, que promovió la denuncia. El Juzgado número 3 rechazó la denuncia por no constituir delito.

“La Fiscal promueve acción por una conducta que claramente no se basta a sí misma como hecho penalmente típico, cual es la formulación por parte del cantante de la frase ´que linda noche para ...´. Y decimos que no se basta a sí misma porque, evidentemente, decir 'que linda noche para...´ jamás puede constituir un delito.  Se trata sólo de una manifestación apreciativa que deja un espacio abierto para que cualquiera pueda completarla de la manera que prefiera”, dijo el juzgado.

Al promover la denuncia del legislador Aurelio López Elorrio, la fiscal López de Filoñuk  dijo que “la calificación está basada en el artículo 14 segunda parte de la ley nacional 23.737 de estupefacientes, porque no está derogado el delito previsto en esta parte que habla del consumo de drogas. Independiente de eso, me basé en el art 12 de la ley 23.737 que dice que será reprimido con prisión de dos a seis años y multa al que preconizare o difundiere públicamente el uso de estupefacientes o indujere a otro a consumirlo. Eso, más el artículo 209 del Código Penal, que describe una conducta típica reprimiendo al que instigare a cometer contra alguna persona o institución un delito determinado”. En su denuncia el legislador dijo que el evento era auspiciado por el Gobierno de Córdoba, “es decir que fue parcialmente pagado con dinero de todos los cordobeses”.

Para el juez Miguel Hugo Vaca Narvaja “ el hecho denunciado no es otro que haber dicho “que linda noche para…..”, lo que a todas luces no puede ser considerado un delito, y menos aún el delito previsto en el art.12 de la ley 23.737 ya que, conforme autorizada doctrina, “preconizar” es “encomiar, tributar elogios públicamente a una persona o cosa, y “difundir” es, en sentido figurado, divulgar, propagar”.

“Así las cosas, y aun teniendo en cuenta los “antecedentes” de Calamaro –si es que puede ser considerado antecedente un hecho por el cual fue absuelto en un juicio oral y público- es claro que la conducta del artista aquí denunciada, consistente en afirmar “que linda noche para….”, en modo alguno puede encuadrar en el tipo delictivo previsto en el art.12 de la ley 23.737”, señala el fallo.

MM/LC

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