Durante 22 días el cuerpo sin vida del ciudadano boliviano Cirilo Díaz Díaz estuvo pudriéndose en el hospital Santojanni mientras su mujer y sus hijos lo buscaban por todo Buenos Aires.
La Justicia en lo Civil condenó al gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a indemnizar a una familia porque le extraviaron un cadáver. Durante 22 días el cuerpo sin vida del ciudadano boliviano Cirilo Díaz Díaz estuvo pudriéndose en el hospital Santojanni mientras su mujer y sus hijos lo buscaban por todo Buenos Aires. Incluso en el propio Santojanni, al que concurrieron en cinco oportunidades y obtuvieron siempre respuestas negativas sobre su paradero.
La Sala H de la Cámara Civil acaba de confirmar la condena por los “daños y perjuicios” a favor de Petrona Farfán Tolaba y sus dos hijos menores de edad por 80 mil pesos (40 mil a la mujer; 20 mil a cada niño).
Según el expediente, al que tuvo acceso Infojus Noticias, los hechos ocurrieron el 26 de agosto de 2007 aproximadamente a las 5:30 de la madrugada. Una médica del SAME trasladaba hacia el Hospital Santojanni de una persona herida que presuntamente habría sido víctima de un asalto, pero al llegar a las inmediaciones de la estación Liniers “una multitud detiene la ambulancia y es allí cuando Vargas pudo observar a una persona de sexo masculino, aproximadamente entre 20 y 25 años de edad, morocho, de baja estatura, vestido con pantalón de jean, medias, remera y campera oscura, sin zapatos, aparentemente de nacionalidad boliviana, estaba tendido sobre el asfalto en el medio de la Avenida Rivadavia con su cara ensangrentada y una gran mancha de sangre sobre el pavimento”.
Lo cargaron en la ambulancia junto con el otro herido, sin saber de quién se trataba. Y no pudieron salvarle la vida. Allí se disparó una serie de errores y omisiones que derivaron en que el cadáver fuera remitido a la morgue del hospital (donde no había suficientes cámaras frigoríficas para su conservación) sin la adecuada notificación para la intervención policial. En rigor, confundieron al fallecido con otro herido en un accidente de tránsito que había sido dado de alta. En ese enjuague de papeleo, se perdió el muerto.
Búsqueda y descomposición
Los días posteriores fueron de búsqueda frenética e infructuosa, tanto de la mujer cuando de amigos y familiares de Díaz. “En todos los nosocomios aseguraban que no se encontraba allí y que no poseían ningún N/N. A medida que pasaban los días se volvía a realizar el recorrido en los hospitales y al Santojanni habrían concurrido en total en cinco o seis oportunidades aproximadamente. Fueron a pedir ayuda al Consulado de Bolivia, a canales de televisión y a radios del barrio mientras que el cuerpo de Cirilo estaba en la morgue del hospital Santojanni”.
El cadáver fue hallado el 17 de septiembre de 2007. “Luego de veintidós días, la familia concurrió a la morgue judicial y pudo encontrar al fallecido. Alegan a su vez que Díaz Díaz había ingresado a la morgue el 7/9/07 en avanzado estado de putrefacción por lo que no fue posible efectuar mayores consideraciones médico legales”.
El Director del Hospital General Santojanni, Alberto Natalio Antonio Motta, declaró en la causa que “habitualmente no se reciben personas fallecidas pero que puede pasar por distintos motivos que ingresen, con lo cual en ese caso se realiza una nota con los datos de la persona, si se trata de un NN se deja constancia de ello, como así también de los motivos de la muerte para luego ser trasladado a la morgue del hospital. La morgue (del hospital) cuenta con 25 cámaras frigoríficas donde se depositan los cuerpos, pero debido a la cantidad de cuerpos y a la poca cantidad de cámaras para alojarlos son dejados en la misma sala donde se hallan las cámaras pero colocados los cadáveres sobre las camillas.
Consultado acerca de la forma para conservar los cadáveres que no pueden ser ubicados en las cámaras frigoríficas, Motta dijo que el lugar se encuentra refrigerado aunque por no ser suficiente, algunos cuerpos se descomponen ya que la única forma de que no comiencen un proceso de putrefacción es que sean alojados en dichas cámaras”.
Un error no es excusa
El juez de primera Pablo Miguel Aguirre entendió que “no resulta suficiente para eximirse de responsabilidad alegar que se trató de un error (confusión)”. En ese sentido, añadió: “en la instancia administrativa se ha incurrido en un error al omitir dar intervención a la justicia penal una vez verificado el fallecimiento. Esa falta en el registro dificultó la localización de su cuerpo por parte de sus familiares, y por ese motivo los sufrimientos de los coactores generados frente a tal confusa situación deben ser resarcidos”.
El fallo, ahora ratificado por los jueces Sebastián Picasso, Liliana Abreut de Begher y Claudio Kiper, mensuró en menos el resarcimiento económico tomando en cuenta las particularidades de la familia. En ese sentido subrayó que la pareja de la víctima “es una mujer sin evidencia de escolaridad aunque refiere haber realizado la escuela primaria en Tarija”. Además, padece “profundas problemáticas estructurales sociales y de historia de vida que le generan serias dificultades en las relaciones interpersonales”. En ese contexto, “dada la escasa simbolización de la actora y de los hijos por ser muy pequeños, por no tener escolaridad y no haber sido suficientemente estimulados, no ha podido constatar síndrome psíquico originado por este hecho. Tampoco se estima necesaria la necesidad de someterse a tratamientos psicológicos”. Por esas razones, la resolución desestimó el reclamo por “daño psicológico”.