Lo dijo a Infojus Noticias un abogado que representa a ciudadanos extranjeros. La Presidenta firmó ayer con su par de Colombia un acuerdo de extradición para luchar contra la trata de personas, el crimen organizado y el narcotráfico. Qué cambiará en la Justicia a partir de esta nueva normativa.
A Ignacio Álvarez Meyendorff todos lo conocen como Gran Hermano Nació en Colombia, pero vivía en Argentina desde 2005. La Justicia argentina lo investigaba porque sospechaba que era financista de carteles de drogas colombianos. El 27 de abril de 2011 volvía desde Tahití, lo arrestaron y quedó detenido en el penal de Ezeiza. A principios de este mes lo extraditaron por pedido de Estados Unidos. Henry López Londoño, más conocido como “Mi Sangre”, otro financista de la banda de narcotraficantes colombianos “Los Urabeños”, había sido capturado en un restaurant de Pilar el 30 de octubre de 2012 por la Secretaría de Inteligencia. Estados Unidos también había pedido su extradición.
Hasta ayer las extradiciones entre la región estaban reguladas por medio de un convenio firmado por distintos países de Latinoamérica hace 80 años. Estos procesos de política criminal internacional eran lentos. Las extradiciones que pedía Estados Unidos se hacían con mayor celeridad por acuerdos bilaterales que el país del norte tiene con algunos países de la región.
La presidenta Cristina Fernández de Kirchner y su par colombiano Juan Manuel Santos firmaron ayer un tratado de reciprocidad criminal entre ambos países que reglamenta los procedimientos en materia de extradición, de conformidad con sus respectivas constituciones y los principios del derecho internacional. Favorecerá la eficacia de la cooperación en la prevención y represión del delito entre ambos países. Pero además fortalece lazos en la región en materia de política criminal.
Hasta ahora este proceso se regía por medio del acuerdo de Montevideo que fue firmado en 1933 por Honduras, Estados Unidos de América, El Salvador, República Dominicana, Haití, Argentina, Uruguay, Paraguay, México, Panamá, Guatemala, Brasil, Ecuador, Nicaragua, Colombia, Chile, Perú y Cuba. Otra legislación que se tomaba en cuenta era la Ley 24.767 de cooperación internacional en materia penal sancionada en 1997.
"No conozco casos de extradiciones a Colombia, porque los narcos son pedidos directamente por Estados Unidos. El acuerdo puede darle una especificidad a la ley genérica de extradición que rige ya entre los países que no tienen convenios bilaterales", dijo a Infojus Noticias un abogado que defiende gran cantidad de colombianos detenidos por delitos en Argentina.
Cristina Caamaño, secretaria de Cooperación con los Poderes Judiciales, Ministerios Públicos y Legislaturas del Ministerio de Seguridad, señaló ayer a Infojus Noticias que "en los países con los que no hay extradición es más difícil perseguir a los delincuentes. Aunque hay cooperación internacional en materia penal, lo mejor son los convenios bilaterales como éste. Sirven para poder perseguir los delitos transnacionales como el narcotráfico, la trata y el lavado de dinero. Se puede combatir mucho mejor el crimen organizado porque es un instrumente claro y preciso".
Además, de la relación con el narcotráfico hay otros delitos en los cuales Colombia tiene incidencia en el país. Según cifras del Ministerio de Seguridad, en 2011 y 2012 fueron detenidos 165 colombianos robando departamentos. El último 12 de junio se hizo en el país un operativo histórico en el que se desmanteló una red de trata laboral de origen colombiano gracias a la intervención del Programa Nacional de Rescate, fuerzas especializadas del Ministerio de Seguridad, del Ministerio de Desarrollo Social, la AFIP y la Dirección Nacional de Migraciones. Ese día se detuvieron a 23 personas.
“Es un logro importante porque va a acelerar los procesos. Va a ser mucho más fácil. Colombia generalmente deja que Estados Unidos pida la extradición. En los pocos casos que Colombia pide una extradición tarda siete meses. En cambio cuando Estados Unidos pide una extradición puede tardar tres meses”, dijo otro abogado que representa a ciudadanos extranjeros.
Eso podría sucederle a D.A. y los tres cómplices que están detenidos hace un año en los penales de Ezeiza y Marcos Paz. Fueron detenidos en la zona residencial de Devoto, cuando la dueña llegaba a casa en auto y vio que un hombre estaba barreteando la puerta. Siguió de largo hasta la comisaría. Cuando dos policías motorizados doblaron la esquina, se desató un tiroteo y una persecución corta, de tres cuadras. Uno de los cuatro colombianos fue herido en la pierna. Uno de los policías disparó al radiador, inutilizó el auto y los ladrones fueron capturados.
En el juicio oral, los colombianos juraron que no estaban armados. Aún lo aseguran. Que fue un robo pulcro luego de haber vigilado la casa, sin violencia, como solía ser el modus operandi de los llamados “apartamenteros”. Pero los testimonios de tres policías –uno de ellos contó con lujo de detalles trayectoria de las balas y coincidió con el ángulo de tiro establecido por las pericias- y de una maestra jardinera, que afirmó haber oído los estampidos y visto los fogonazos, convencieron a los jueces de que hubo fuego cruzado.
Fueron condenados a tres años y ocho meses, aunque la sentencia está apelada en la Cámara de Casación. “Aunque en la práctica está por verse, estos detenidos podrían ser ahora extraditados antes de su extrañamiento, que suele ser la salida más frecuente: luego de cumplida la mitad de la condena, piden volver a su país de origen y quedan libres cunado pisan el aeropuerto”, dijo a Infojus Noticias su abogado.