Los distintos trabajos publicados en INFOJUS NOTICIAS hasta el 9/12/2015 expresan la opinión de sus autores y/o en su caso la de los responsables de INFOJUS NOTICIAS hasta esa fecha. Por ello, el contenido de dichas publicaciones es de exclusiva responsabilidad de aquellos, y no refleja necesariamente la posición de las actuales autoridades del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos respecto de los temas abordados en tales trabajos.

Infojus Noticias

20-1-2015|14:27|NISMAN Nacionales
Es la titular del juzgado de Instrucción N° 21

Fabiana Palmaghini, la jueza de las causas mediáticas

La nueva jueza del caso por la muerte del fiscal Alberto Nisman es Fabiana Emma Palmaghini. Entró a la Justicia en 1982 y estuvo a cargo de la instrucción por la muerte de Lourdes Di Natale. También procesó a seis médicos por el “homicidio culposo” del periodista Juan Castro.

  • Twitter
Por: Cecilia Devanna

El domingo por la noche,  Fabiana Emma Palmaghini disfrutaba de sus vacaciones cuando se enteró de la muerte del fiscal Alberto Nisman. La causa recaló en su juzgado, el N° 25, que estaba siendo subrogado por su colega, Manuel De Campos. Palmaghini decidió volver a su despacho de Tribunales para hacerse cargo del caso. A los 56 años, tiene una larga carrera que comenzó poco después de recibirse de abogada en la Universidad de Belgrano, en diciembre de 1981. En 1982 entró a la justicia como auxiliar en el juzgado de Instrucción N° 21 y desde escaló hasta convertirse en jueza. La de Nisman no es la primera muerte mediática que llega a su despacho envuelta en dudas. Palmaghini fue la jueza de instrucción en la causa de Lourdes Di Natale, la ex secretaria de Emir Yoma, que murió tras caer del balcón de su departamento en extrañas circunstancias.  Y procesó a los médicos que atendieron al periodista Juan Castro, por “homicidio culposo”. Los incidentes en River y los sobornos de un comisario de la Federal, también pasaron por su escritorio.

En 2008 la Sala Cuarta de la Cámara del Crimen ordenó reabrir la causa por la muerte de Lourdes Di Natale, y  Palmaghini fue la designada para ocuparse del tema. Di Natale fue una de los testigos claves en la causa por el contrabando de armas a Ecuador y Croacia, en pleno gobierno menemista. Durante el esplendor menemista había sido secretaria de Emir Yoma, ex cuñado y ex funcionario de Carlos Menem. Di Natale cayó por la ventana de su departamento de Barrio Norte, en marzo de 2003.

Las pericias dispuesta por Palmaghini, efectuadas a través de un  maniquí de talla y peso similares a los de Di Natale, concluyeron que  el cadáver sólo podía haber quedado como se lo halló, si la mujer  hubiese sido empujada, y no si hubiese caído accidentalmente.En 2012 la causa se cerró por tercera vez sin culpables. Fue después de que Mariano Cúneo Libarona, con quien Di Natale había tenido una hija, se negara a que la joven –ya mayor de edad- pudiera aportar su testimonio ante la justicia. Cúneo Libarona, era defensor de Yoma en la investigación por el presunto contrabando ilegal de armas a Ecuador y Croacia, y unos meses antes de la muerte de la mujer se había quedado con la tenencia de la chica. Al momento de su muerte, Di Natale bregaba por reencontrarse con su hija y estaba a tres días de conseguirlo cuando cayó desde el noveno piso del edificio.

Sus decisiones en la justicia

Durante sus días en tribunales, Palmaghini fue secretaria letrada del ex presidente de la Cámara del Crimen Mario Filozof. En septiembre de este año integró la fórmula de la lista “Compromiso Judicial”, opositora al gobierno nacional, cuya cabeza es el juez Federal de Bariloche Leónidas Moldes, que logró un lugar en el Consejo. 

Otro de los casos más resonantes que llegaron a su juzgado también tuvo la particularidad de ser mediático por involucrar a una persona pública. En noviembre de 2008, Palmaghini redactó un fallo con pocos antecedentes, con el que procesó por homicidio culposo a seis médicos, en especial psiquiatras, que atendían al periodista Juan Castro en el período anterior a su muerte, en marzo de 2004.

Palmaghini reafirmó que Castro murió producto de una ingestión de cocaína que le produjo un “delirio agitado fatal”, lo que lo llevó inconscientemente a correr y caerse desde el balcón de su departamento. Su razonamiento fue que si al periodista no se le hubiera permitido salir de la internación psiquiátrica en la que estuvo hasta unos días antes de su muerte, lo más probable es que no se hubiera producido la muerte. Esa es la razón por la que el procesamiento fue por homicidio culposo, que significa producir la muerte por negligencia, imprudencia o impericia. El fallo fue singular, porque pocas veces se adjudicó la responsabilidad a médicos psiquiatras por la muerte de un paciente.

“Los procesados privaron al periodista de un tratamiento estándar para la adicción a la cocaína, que incluye la internación psiquiátrica, tratamiento que hubiera disminuido el riesgo de una recaída. La acción omitida por los imputados hubiera eliminado o reducido el peligro concretado en el resultado y por lo tanto el resultado (de muerte) es objetivamente imputable a la omisión que se les atribuye”, sostuvo la magistrada.

Una de las últimas resoluciones antes del caso Nisman, se produjo hace pocos días cuando dispuso el procesamiento con prisión preventiva de un imputado en el marco de la investigación por los episodios de violencia del 25 de noviembre pasado en la confitería del estadio de River Plate. Exigente y minuciosa, en 2010 también procesó por sobornos a un comisario de la federal por presunto cobro de sobornos.