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Infojus Noticias

6-2-2014|11:23|Ciudad Nacionales
Para atender casos de bronqueolitis

Faltan unidades de terapia intensiva pediátricas y para la justicia no hay causa

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad revocó una sentencia de Cámara que ordenaba al gobierno porteño a garantizar unidades para afrontar los casos de bronqueolitis.

Por: Gustavo Ahumada

El máximo tribunal de justicia de la Ciudad de Buenos Aires hizo lugar a un planteo del gobierno porteño y rechazó un fallo de la Cámara que le ordenaba garantizar Unidades de Terapia Intensiva Pediátrica (UTIs) para afrontar los casos de bronqueolitis. En los últimos dos años hubo epidemias bronqueolíticas en la ciudad durante el invierno.

“Si la pretensión no distingue situaciones particulares sino que se reclama globalmente que se garantice el derecho a la salud, no suscita una controversia, sino que se cuestiona la gestión de gobierno”. Con este argumento, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad revocó, por mayoría, una sentencia que la sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario (CAyT) porteña.

La Asesoría General Tutelar (AGT) había presentado ante la justicia de la Ciudad un amparo para que el gobierno porteño garantizara el cumplimiento del derecho a la salud integral de los menores. “Durante los últimos años, en los períodos invernales se produce una epidemia bronqueolítica que el sistema de salud de la Ciudad de Buenos Aires no está en condiciones de afrontar”, explicó a Infojus Noticias, la actual asesora general tutelar, Laura Musa. “En esta ciudad faltan unidades de terapia intensiva pediátricas”, dijo Mussa. Agregó que “luego de agotar todos los caminos no quedaba más que el amparo”.

El amparo colectivo que presentaron junto con Juan Carlos Toselli, titular de la Asesoría de Primera Instancia n° 2, fue rechazado en primera instancia. Pero después la Cámara en lo CAyT ordenó al gobierno porteño garantizar la salud de los menores. La ciudad apeló esta sentencia y llegó el Tribunal Superior mediante una queja. El tribunal le dio la razón. La mayoría, conformada por los jueces Luis Francisco Lozano, Ana María Conde y José Osvaldo Casás, dijo que esta “critica” a la gestión que se hace desde la Asesoría es un “planteo que debe ser solucionado en los comicios, en los cuales se escoge a quienes se supone capaces de encarnar la gestión que el votante prefiere”.

"El fallo defiende los intereses del Gobierno porteño"

Los jueces entendieron que en el reclamo de la asesoría no existía un “caso judicial”, es decir, un caso donde se identifiquen las personas específicas que necesitan las UTIs. “No se mostró que el derecho a la salud del grupo etario en cuestión sufriera afectación alguna por el modo en que se distribuyen las unidades de terapia intensiva pediátricas en los hospitales de la Ciudad”, dice el fallo del tribunal.

“Defiende los intereses del gobierno”, dijo la asesora tutelar al conocer la sentencia. El tribunal, explica Musa, “dictó una resolución que implica, lisa y llanamente, afectar el derecho de acceso a la Justicia y la garantía de recurso judicial efectivo” que se agrava “en razón de que se trata de un caso de clara vulneración al derecho a la salud y a la vida de los niños, niñas y adolescentes”.

La única disidencia en el máximo tribunal porteño la marcó Alicia Ruiz, quien pretendía se rechace el recurso interpuesto por el gobierno porteño porque en su presentación “no dedica una sola línea a fundar por qué la sentencia cuestionada es definitiva o equiparable a tal”. Con el rechazo del TSJ se “restringe el acceso a la Justicia a través de la presentación amparos colectivos, una de las herramientas más importantes de nuestro sistema institucional para la garantía de los derechos”, concluyó Musa.  

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