La obra estaba a cargo de IRSA, la misma empresa dueña del DOT, que ya tuvo problemas con permisos de construcción. El amparo fue presentado por el legislador Rafael Gentili y miembros de la junta comunal 14.
Aurelio Ammirato, titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario (CAyT) N° 10 de la Ciudad ordenó al gobierno porteño la suspensión de las obras para edificar un nuevo shopping en el predio de las ex bodegas Giol.
Se trata de un proyecto que culminaría con un shopping llamado “Arcos Gourmet” ubicado en la manzana comprendida entre Avenida Juan B. Justo, Avenida Santa Fé, Godoy Cruz y Paraguay. Sin embargo el juez dispuso una medida cautelar "bajo caución juratoria que ya fue prestada y que se hará efectiva a partir del momento de la notificación" para que el GCBA suspenda la ejecución de las obras "hasta que se falle sobre el fondo de la cuestión".
El amparo fue presentado por el ex legislador porteño del Partido Social, Facundo Di Filippo, y el miembro de la junta comunal 14 por Movimiento Emancipador Marcelo Charlon, Adolfo Rossi de la Asociación Lago Pacífico y el legislador Rafael Gentili. La obra estaba siendo llevada a cabo por el IRSA.
Los denunciantes informaron que se tomó conocimiento de la obra durante el año 2012 "sólo por el cartel que se ubica al frente del predio mencionado” en donde se “detalla las obras de excavación y demolición”, lo que para los mismos “es inconstitucional e ilegal ya que no se cuenta con el permiso correspondiente además de no contar con el debido estudio de impacto ambiental".
Por ejemplo, los denunciantes explicaron que “IRSA sólo contaba con un visado de la Dirección General de Interpretación Urbanística” lo que “no implica permiso de demolición y de obra, pues constituye tan sólo un paso previo al trámite de registro de planos y otorgamiento del permiso de obra".
Ammirato hizo lugar a la medida cautelar y ordenó “al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que suspenda la obra de modificación, ampliación y demolición parcial que se lleva a cabo en el predio ... (matrícula catastral sección 19, manzana 161, parcela 001D) de esta ciudad, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en este juicio o se resuelva en sentido contrario a lo aquí dispuesto".
Según explicó en la resolución el juez, en mayo de 2013 "la Dirección General Registro de Obras y Catastro informó al Juzgado que 'no se registran presentaciones autorizantes de obra para el predio'". Dependencia que "ejerce —entre otras competencias— el control, fiscalización, inspección y registro de las construcciones de obras civiles, públicas y privadas, nuevas o remodeladas, que se proyecten y ejecuten en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires".
Por todo ello, Ammirato consideró que deben están reunidos “los recaudos que hacen procedente la tutela cautelar solicitada”, es decir, la medida cautelar que paraliza las obras hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión.