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Infojus Noticias

18-7-2015|8:24|Indemnización Nacionales
Lo contrató el club en 2007 y estuvo a cargo del equipo sólo tres meses

Huracán deberá pagarle más de un millón de pesos al ex técnico Ardiles

Es porque la Corte Suprema confirmó un fallo de la Cámara del Trabajo que ordenaba a pagarle al club esa suma de dinero al ex jugador de fútbol, que había firmado un convenio para cobrar premios, pero no se los pagaban y se dio por despedido.

  • Télam.
Por: Gustavo Ahumada

La Corte Suprema de Justicia confirmó una sentencia de la Cámara del Trabajo que condenó al Club Atlético Huracán a indemnizar al ex director técnico del club, y ex futbolista, Osvaldo Ardiles. Los magistrados declararon “inadmisible” una queja presentada por el abogado de Huracán y ahora la entidad deportiva deberá pagarle más de un millón de pesos por no respetar el contrato.

En septiembre de 2007 Osvaldo César Ardiles fue contratado por el Club Atlético Huracán para ser el técnico del equipo de fútbol de la institución. Ex jugar de la selección nacional, Ardiles no duró mucho tiempo en el cargo. Cuando Ardiles firmó el contrato - que queda registrado ante la Asociación del Fútbol Argentino (AFA)-  sumó un convenio privado con el club que incluía el pago de una “prima anual”. Se trata de una cantidad de dinero que se concede como suplemento de un pago principal a modo de incentivo o recompensa por la obtención de un logro. 

En diciembre de ese mismo año tras tres meses al frente del equipo, Ardiles intimó al club a que le page esa prima pautada pero ante el silencio del club el ex jugador se consideró despedido y comenzó en la justicia del Trabajo acciones legales para poder cobrar la indemnización y esas primas o premios adeudados. El club sostenía que la ruptura del contrato “no se encontró ajustada a derecho” porque Ardiles “desde diciembre de 2007, finalizado el Torneo Apertura, se ausentó sin justificativo alguno de su lugar de trabajo”.

Los premios que exigía Ardiles –establecidos en el contrato privado- eran unos 537.595 pesos que se habían dividido su pago en diez cuotas y que se sumaban a su sueldo de unos 10 mil pesos. Esas cuotas nunca fueron abonadas por el club y de allí derivó el conflicto laboral. La causa llegó a la Cámara del Trabajo que en octubre del año pasado, falló a favor del técnico  y ordenó al club que lo indemnice con, exactamente, 1.037.550,09 de pesos. A lo que deberá sumarse los intereses de más de siete años. 

Esa sentencia fue confirmada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Higthon y Juan Maqueda que el martes pasado firmaron la sentencia que declaró inadmisible la queja presentada por Pablo Marcelo González, apoderado del Club, utilizando el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial Nacional que les permite no argumentar la decisión.

La sentencia confirmada por los supremos sostenía que “más allá de la práctica de estilo en el medio futbolístico de la concertación de contratos entre los clubes de fútbol y los jugadores profesionales o los directores técnicos de los equipos…los elementos aportados permiten otorgar razón” a Ardiles.

Los jueces laborales Graciela Craig y Juan Carlos Fernández Madrid -en la sentencia ahora ratificada- explicaron que esos premios o primas son “práctica de estilo en el medio futbolístico de la concertación de contratos entre los clubes de fútbol y los jugadores profesionales o los directores técnicos de los equipos” y “tiene naturaleza remuneratoria” por lo que “no constituye obstáculo de derecho para que resulten de aplicación las disposiciones de la Ley de contrato de Trabajo”.

GA/LC

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