Un día antes de la nochebuena de 2006, Carolina Paula Demczuk, de 28 años, murió por una sobredosis de cocaína. No se pudo establecer si murió en la bañera de un departamento o en el palier del edificio donde la encontraron. Para la fiscalía está probado que Eduardo “el oso” Nadotti, el único acusado, ordenó dejar su cuerpo allí.
Esto surgió durante el debate que se realiza frente al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4. La fiscal general, Gabriela Baigún, pidió que se lo condene a ocho años por ser responsable del delito de facilitación de estupefacientes con fines de consumo, en forma ocasional, y del lugar. Nadotti, que es propietario del boliche KU, de Pinamar, también enfrenta los cargos de abandono de persona agravado por estar seguido de muerte. El viernes 15 alegará la defensa de Nadotti y la semana siguiente serán las últimas palabras y se conocerá el veredicto.
Baigún también promovió la acción penal contra Nadotti por proxenetismo y por el posible encubrimiento por parte del personal policial encargado de la investigación de la causa. Nardotti nunca estuvo detenido por el hecho.
La fiscal general es contundente cuando habla de lo que pasó aquel 23 de diciembre en un departamento de la Capital Federal y lo que sucedió desde entonces. “Tengo expectativa en la sentencia, está absolutamente acreditado la responsabilidad de Nadotti, la gravedad de lo que hizo”, afirma desde su despacho en Comodoro Py.
Para Baigún quedó acreditado que Carolina no tenía medios para comprar la droga pero Nadotti sí, Además, le recordó a los jueces que el imputado desarrollaba actividades laborales en “centros vacacionales”, en Ibiza y que, a su vez, es el titular de KU.
Carolina y Nadotti, que al momento del hecho tenía 45 años, se conocían del ambiente de la noche, donde a él lo apodaban “el oso”. Ese 23 de diciembre se fueron al departamento de Nadotti, en un exclusivo complejo del Bajo Belgrano. Tuvieron sexo y comenzaron a consumir. Poco después se sumó F, una amiga de ambos. Tras una sesión de sexo grupal, Carolina se fue a bañar. Como tardaba en salir, F fue a ver qué pasaba. La encontró tirada en la bañera. Gritó y alertó a Nadotti de lo que pasaba. Él le ordenó que la sacara de la bañera y la vistiera para luego colocarla en el palier de la escalera en el lugar destinado a la basura. Después de eso, Nadotti dio aviso a los guardias del complejo de que había una chica en el palier, como si no la conociera.
En su exposición ante los jueces, Baigún reiteró la acusación contra Nadotti en relación al delito de abandono de persona, agravado por estar seguido de muerte. Explicó que no se pudo establecer “si Carolina murió en el interior de la bañera o cuando ya la habían sacado de la misma para colocarla en el palier de la escalera, donde se pone la basura (…) por lo que no puede probarse si la muerte ocurrió como consecuencia del desinterés y de la falta de auxilios puestos de manifestó por el imputado”.
Sobre el suministro de cocaína, la fiscal detalló que “se trató de un encuentro de sexo y drogas; estuvieron juntos como mínimo siete horas; por la cantidad de personas y la calidad de consumidores que los tres tenían, debía haber mucha sustancia”. Resaltó que Nadotti era un consumidor habitual y que sabía y se aprovechó de la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima. Carolina era adicta y sufría de un grave cuadro de anorexia.
En los alegatos se tuvieron como circunstancias agravantes la diferencia de edad entre las víctimas y el imputado, lo que lo coloca en una situación de responsabilidad con relación a ellas. El aprovechamiento de la situación asimétrica de poder dada por la capacidad económica de Nadotti, como dueño de KU, y de desempleada de Carolina. Y el desprecio que Nadotti demostró por la vida de Carolina, así como también el hecho de que ella muriera como consecuencia del consumo de las drogas que le suministró.
Varias puntas de investigación
La investigación por la muerte de Carolina primero recayó en la fiscalía de José María Campagnoli, que se declaró incompetente. Después, el expediente pasó a manos del fiscal federal Guillermo Marijuán. El expediente se elevó a juicio en 2012.
En la audiencia frente a los jueces, la fiscal Gabriela Baigún explicó que a lo largo del debate quedaron al descubierto una serie de elementos que fueron puestos en evidencia por la Cámara del Crimen, pero que no fueron debidamente profundizados durante la instrucción del caso, por lo que debe hacerse una investigación más exhaustiva.
Baigún sumó el dato de la denuncia del titular de la Fundación La Alameda y legislador porteño, Gustavo Vera, contra Nadotti por proxenetismo y explotación de la prostitución ajena. El escrito está radicado en el Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº7.
Baigún explicó que Vera identificó dos domicilios que habría sido utilizados por Horacio Germán García y el ex Director de Operaciones de la ex SIDE, Jaime Stiusso para actividades de proxenetismo y explotación sexual de mujeres. A su vez, uno era sede de una firma vinculada a un socio de Nadotti.
La fiscal también hizo mención como otro elemento de cargo las grabaciones encontradas en la causa que nunca fueron transcriptas por el personal a cargo de la intervención telefónica. Cuando un funcionario de la fiscalía a cargo de Baigún (con colaboración de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas) las analizó, detectó la posible vinculación entre Nadotti a prácticas de proxenetismo y explotación sexual de mujeres. Entre algunas de las comunicaciones que la fiscal leyó al Tribunal, figuraban los diálogos entre Nadotti y su socio Cameroni (alias "el ruso”) y Mustoni (alias “bigote” o “Palmer”) para organizar negocios, señaló el sitio Fiscales.govar.
Con estos indicios, la fiscal pidió que se extraigan testimonios para profundizar la posible intervención de Nadotti o de otras personas relacionadas con actividades de proxenetismo y explotación sexual, a los fines de que sean remitidos a la causa que tramita en el Juzgado de Casanello. Y también volvió sobre el posible encubrimiento policial tras el hallazgo del cuerpo de Carolina y remarcó que nunca se inspeccionó la casa de Nadotti en busca de drogas u otro tipo de pruebas que hubieran sido de interés para la causa.