La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) quedó a cargo de establecer los acuerdos y convenios para el intercambio de información en materia tributaria. Será con los países considerados cooperadores a los fines de la transparencia fiscal.
En los fundamentos del
decreto, publicado hoy en el Boletín Oficial, se menciona entre ellos a la República de Colombia, República Federal de Alemania, República de la India, Irlanda, Japón, República de Corea, República de Malta, Estados Unidos Mexicanos, República de Sudáfrica, Reino de España, Ucrania y los Estados Unidos de América, entre otros.
La coordinación prevé la firma de convenios “para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información amplio”. Pero quedan excluidos los ‘países de baja o nula tributación’, y deberá entenderse efectuada a países no considerados ‘cooperadores a los fines de la transparencia fiscal’.
El decreto adecúa la normativa local a las obligaciones contraídas con la firma de la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, impulsada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), firmada en el mes de noviembre de 2011.
En función de lo dispuesto por el Decreto, a los fines de la transparencia fiscal la AFIP publicará en su sitio web el “listado de los países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados y regímenes tributarios especiales considerados cooperadores.”
Para leer el decreto completo.
http://www.infojus.gov.ar/archivo.php?archivo=dec5892013.pdf