La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo falló en contra de La Rural S.A. en un pedido inusual que también involucraba a una empresa de limpieza. Susana Quiroz había sido despedida por Pulire S.A., una empresa de servicios de limpieza contratada por La Rural. Según la Ley de Contrato de Trabajo, también quedaba obligada ante la empleada.
Al perder el juicio en primera instancia, La Rural pidió que se declarase la inconstitucionalidad de varios artículos de distintas normas. La Sala VII de la Cámara de Apelaciones no sólo rechazó los reclamos de La Rural, sino que le advirtió que no puede reclamarse la inconstitucionalidad, salvo cuando “no exista otro modo de salvaguardar algún derecho o garantía amparado por la Constitución Nacional”.
El abogado de La Rural apeló la sentencia. Se basó en que los honorarios que se habían reconocido en el juicio eran menores a los que se le habían pagado. No notó que el monto por el cual estaba apelando era de poco más de $500. Para apelar es necesario que se discuta un mínimo de $10.500. Si lo que se disputa es menor, no es posible que se revise la sentencia.
Es inusual que un abogado desconozca ese monto mínimo. Esto motivó a Pulire S.A. a pedir una sanción contra su propio abogado, en la misma causa. ¿La respuesta? Sólo se puede invocar la sanción si existe “dolo” por parte del abogado, es decir, si se comprueba que tenía intención de dañar a la empresa que defendía. Los jueces volvieron a desestimar el pedido, al entender que no estaba probada en absoluto esa intención.
La Rural había apelado por no estar de acuerdo con la regulación de los honorarios de sus abogados. Se rechazó ese pedido porque el monto en discusión eran apenas $500. Por esta revisión en la Cámara de Apelaciones se generan nuevos costos, entre ellos, los honorarios de los abogados. Por el nuevo trámite La Rural y Pulire deberán agregar al pago de los honorarios un 25% de lo que les pagaron en primera instancia.