La Cámara Federal revocó una medida dictada por el juez Claudio Bonadío que declaraba en rebeldía al fiscal antilavado. Fundamos la apelación en que se nos restringió ilegalmente la libertad ambulatoria y la Cámara nos dio la razón", comentó Gonella a Infojus Noticias.
La Cámara Federal revocó una medida dictada por el juez Claudio Bonadio contra el fiscal “antilavado” Carlos Gonella, confirmaron hoy fuentes vinculadas a la causa. Bonadío, quien declaró en rebeldía a Gonella porque no se presentó a declarar como imputado en una causa por presunto abuso de autoridad y violación de secretos, había prohibido que Gonella saliera de la Argentina. El fiscal tiene derecho a no presentarse porque tiene fueros, y en varias oportunidades compareció por escrito.
Los camaristas Martín Irurzun, Horacio Cattani y Eduardo Farah revocaron la prohibición dictada en primera instancia contra Gonella “a fin de no afectar el ejercicio de su labor funcional”. Desde la defensoría de Gustavo Kollman, que representa a Gonella en esta causa, habían planteado a la Cámara que el fiscal antilavado tenía tareas que realizar en el exterior, propias de sus funciones al frente de la Procelac.
Una de las actividades a las que el titular de la Procelac está comprometido en el exterior es el plenario del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) que se celebrará entre los días 22 y 27 de febrero en París. Gonella integra la delegación oficial como representante del Ministerio Público Fiscal. Su defensa afirmó que la resolución de Bonadío era "ilegal" y perseguía un efecto "meramente punitivista", es decir, sancionatorio y no preventivo.
La defensa oficial aclaró, entonces, que Gonella se presentará a declarar cuando se definan planteos procesales relacionados con la recusación de Bonadío y nulidad de la citación a indagatoria. Sostuvo que Gonella "se encuentra a derecho" en la causa y calificó la medida de Bonadío como "una restricción arbitraria a las funciones" del fiscal. Además, consideró "infundada" la afirmación del juez, que argumentó su medida en que "Gonella ha incomparecido sin graves y legítimos impedimentos", porque el fiscal justificó siempre sus pedidos de postergación de la declaración indagatoria.
"Fundamos la apelación en que se nos restringió ilegalmente la libertad ambulatoria y la Cámara nos dio la razón", comentó Gonella a Infojus Noticias. Y agregó que: "No había otra solución que la aplicación de la Constitución Nacional, la ley orgánica del Ministerio Público y la Ley de fueros, que es la normativa en que la Cámara baso su decisión".
Imputado por un tuit
Gonella está imputado en la causa que tramita Bonadío por presunto abuso de autoridad y violación de secretos. Es por la denuncia de la jueza María Gabriela Lanz, imputada en una causa por lavado de dinero del narcotráfico. La magistrada mantiene una relación sentimental con Valentín Temes Coto, condenado a 20 años de prisión por narcotráfico. Por ese vínculo, la Procelac puso la lupa sobre su patrimonio y avanzó con la imputación.
Cuando el portal oficial de la Procuración General dio a conocer esa resolución, Gonella la replicó en su cuenta de la red social Twitter. Por esa difusión, Lanz lo denunció por abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público y violación de secretos, porque afirma que esa información no podía ser difundida. También incluyó en la denuncia al fiscal en lo penal económico Emilio Guerberoff, que interviene en el mismo expediente.
El conflicto surgió con la investigación por lavado de dinero sobre el condenado Temes Coto, que enviaba cocaína a Europa escondida en cargamentos de manzanas. La justicia incautó tres toneladas de droga y lo condenó el año pasado. En el juicio por narcotráfico contra su pareja, Lanz intentó declarar como testigo por la defensa.
Gonella recusó a Bonadio por falta de imparcialidad, pero la Cámara de Apelaciones convalidó al juez y el expediente volvió a su juzgado. Kollman aclaró que el fiscal antilavado se presentará a declarar cuando se definan planteos procesales relacionados con la recusación de Bonadío y nulidad de la citación a indagatoria, que todavía no fueron resueltas por la Cámara.