La niña vivía en México con sus dos padres argentinos que estaban separados. Viajó a Bolivia con su papá pero nunca volvió. Dijo que no quería porque su madre la trataba mal. Ahora la Corte ordenó la restitución de la nena a su país de residencia.
Por decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, una niña de 13 años debe volver a México, donde vivió con su madre hasta volver a Argentina con su padre. Ambos padres son argentinos, pero se mudaron a la ciudad de Los Cabos en México, en 2003 cuando la mujer recibió una oferta laboral. La pareja ya estaba separada, pero ambos viajaron con la niña que por entonces tenía cuatro años. A mediados de 2009, el hombre le pidió autorización para ir de vacaciones con la niña a la ciudad de La Paz, en Bolivia, con el compromiso de volver antes del inicio del ciclo lectivo.
El viaje de regreso nunca se concretó. Entonces, la mujer interpuso un pedido de restitución en su país de residencia. En la sentencia, los jueces Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco, Carmen Argibay y Ricardo Lorenzetti, adhirieron al dictamen de la Procuración General. Entendieron que Argentina debe velar por el cumplimiento del Convenio Sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores de la Haya de 1980.
La niña declaró durante la instrucción de la causa, con la asistencia de la Defensora de Menores, y manifestó que “no quiso quedarse en México con su mamá porque ella le pegaba pues se ponía nerviosa por cualquier cosa. Agregó que, tras las vacaciones en Bolivia, como su papá no pudo regresar a México, no quiso regresar ella sola, ni tampoco que su madre viniera a buscarla, ya que no le gustaba como la trataba.
Pero en el dictamen la Procuradora Fiscal Subrogante, Alejandra Cordone Rosello, entendió que tras la presentación de la madre en México y el inicio de las actuaciones en Argentina, el padre “no se ha ocupado siquiera de aclarar su tardía postura, ni aportar un mínimo marco fáctico que la sustente” y que “tampoco estamos en presencia de una negativa férrea de la niña a volver”. En cuanto a los supuestos malos tratos a los que alude la Defensora dijo que “no se ha detallado ninguno de esos episodios, ni la secuencia que los enlazaría”.
Cordone entendió que deben prevalecer los compromisos internacionales, atento que los países firmantes del Convenio de 1980, “han adquirido el compromiso de combatir la sustracción de menores y, salvo circunstancias rigurosamente particulares, no deberían abdicar de esa responsabilidad al abrigo de hechos consumados, generados irregularmente por uno de los progenitores.”