El mismo día de la operación de compraventa, la sociedad Miracle Mile SA vendió el inmueble por 4,7 millones de dólares a María Claudia Alonso, cónyuge del arquitecto Jorge Héctor Bernstein, presidente y socio mayoritario de la sociedad. La mujer luego lo revendió por 18 milones.
La Corte Suprema de Justicia confirmó que la empresa Miracle Mile SA, propietaria del cine Village Recoleta, realizó una “venta simulada” de una propiedad para eludir el pago del Impuesto a las Ganancias. Así lo detalló en un fallo donde le dio la razón a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que le reclamó el pago de una deuda impositiva por la compraventa de un inmueble por 18 millones de dólares. La maniobra, que incluyó al presidente y socio mayoritario de la sociedad y a su cónyuge, se realizó en 1997.
“Se confirma la decisión apelada y, en consecuencia, se mantiene la resolución de la AFIP-DGI cuya apelación dio origen a estos autos”, resolvió al Máximo Tribunal al confirmar el planteo del ente recaudador y aplicó las costas a la empresa. El fallo, que rechazó la apelación de Miracle Mile, fue firmado por los ministros Juan Carlos Maqueda, Carlos Fayt, Elena Higton de Nolasco y Enrique Petracchi.
Según demostró la AFIP, el mismo día de la operación de compraventa (25 de septiembre de 1997), mediante dos escrituras públicas -con numeración correlativa expedidas por el mismo escribano-, la sociedad Miracle Mile SA vendió el inmueble por 4,7 millones de dólares a María Claudia Alonso, cónyuge del arquitecto Jorge Héctor Bernstein, presidente y socio mayoritario de la sociedad.
Seguidamente, la mujer revendió la propiedad a la empresa Village Cinemas SA por 18 millones de dólares. Pero esa venta fue declarada como pérdida porque la empresa señaló que existían deudas hipotecarias sobre el inmueble a las que tuvo que hacer frente.
“Sin embargo, tales deudas fueron canceladas por Palacio Atucha S.A. -como se vio, una sociedad económicamente vinculada con el arquitecto Bernstein- por un valor total de $ 2.136.101,76 al constituirse en cesionaria de los créditos garantizados con los gravámenes originalmente asumidos por la actora (Miracle Mile SA)”, indicó la Corte Suprema en el fallo que le dio la razón a la AFIP.
La decisión del Máximo Tribunal incluyó la aplicación del principio denominado de “realidad económica”, que permite analizar las operaciones fiscales de acuerdo a la voluntad de quien las ejecuta. Sobre esa base, se tomó como valor real de venta el de la segunda operación (por 18 millones de pesos-dólares) y eso disminuyó los gastos deducibles de la operación de 21, 6 millones de pesos a 2,1 millone