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Infojus Noticias

11-8-2014|18:23|Fallo Nacionales
En 2005 Kirchner derogó la Circular 11

La Corte intervino en una causa por complicidad con el nazismo

El máximo tribunal revocó una sentencia en favor del nieto de Luis Irigoyen, ex diplomático de la cancillería argentina durante el Tercer Reich. La Fundación Wallenberg lo acusó de dejar morir a 100 judíos argentinos.

  • Kitsch
Por: Gustavo Ahumada

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó una sentencia que había condenado por daños y perjuicios a la Fundación Wallenberg.  Desde allí, sostenían que Luis Hernán Irigoyen, un ex diplomático de la embajada Argentina en Berlín durante la época nazi, fue "responsable de dejar morir en las cámaras de gas a alrededor de 100 judíos argentinos”.

Juan Carlos Hipólito Irigoyen demandó por daños y perjuicios a la Fundación en “memoria” de su abuelo –fallecido- Luis Irigoyen, porque la fundación lo emparentaba con la muerte de un centenar de judíos argentinos a los que no se le dio entrada al país durante el Tercer Reich.

En julio de 2001, en el edificio de la Cancillería, se colocó una placa en homenaje a 12 diplomáticos que  que “se mostraron solidarios con las víctimas del nazismo”. Entre ellos, figuraba Irigoyen, nombrado como segundo secretario de la embajada argentina en Alemania, durante el Tercer Reich, en 1937, cargo que ocupó hasta 1944. Cuando se conocieron los nombres grabados en esas placas, la Fundación Wallenberg, lo que se había hecho durante el período en el que Irigoyen fue funcionario de la Cancillería.

“Una y otra vez Berlín ofreció a Argentina la oportunidad de repatriar a sus ciudadanos judíos –alrededor de cien– que vivían en Alemania, Francia, Bélgica, Holanda, Italia y Grecia. El ministro de Relaciones Exteriores, Joachim von Ribbentrop, se mostraba especialmente preocupado por el destino de estas personas”, afirmó Uki Goñi en su libro The Real Odessa publicado en 2002. Este argumento fue utilizado por la Fundación como argumento de su denuncia.

Además, en un texto elaborado por la propia fundación  se califica a Irigoyen de "cómplice del asesinato de cien judíos argentinos en el Holocausto". Es por esto que su nieto Juan Carlos Hipólito demandó a la fundación. En primera instancia logró una sentencia favorable, y se lo indemnizó con 50 mil pesos. Esta sentencia fue confirmada por la sala J de la Cámara Civil. Y luego pasó a la Corte Suprema.

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Higthon, Enrique Petracchi, Eugenio Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda, le dieron la razón a la fundación y revocaron la sentencia de la cámara. Argumentaron en base a la libertad de expresión y consideraron que la afirmación de “cómplice” que se hace sobre Irigoyen “es una durísima descalificación que se relaciona con la actuación que le cupo en aquellos años” pero “no puede ser considerado un insulto gratuito” sino un “cuestionamiento ríspido, de un tipo no inusual en las disputas históricas”.

“Las mentadas expresiones -sobre cuya justicia o injusticia no deben pronunciarse los tribunales- tienen tutela constitucional, a la luz de las doctrinas sobre libertad de expresión a las que esta Corte adhiere”, explicaron en la sentencia firmada el pasado 5 de agosto.

La Corte recordó  el trabajo de una comisión que actuó en el ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto que sostenía como “controversial” la actitud de Irigoyen “en relación a las objeciones planteadas por el diplomático respecto a la repatriación de judíos argentinos que vivían en la Francia de Vichy, en territorio no ocupado, así como en relación al no reconocimiento de 16 pasaportes falsos o 'pasaportes de cortesía' presentados por la Oficina Principal de Seguridad del Reich pertenecientes a personas que fueron transportadas de Varsovia al campo de concentración de Bergen-Besen".

La Circular 11

En 2005, cuando Rafael Bielsa era canciller, se retiró la placa.  Una semana después, de manera simbólica, el gobierno de Néstor Kirchner derogó la orden secreta de 1938 que prohibió dar visas a “indeseables”. Se tratataba de la Circular 11, una orden secreta emitida en 1938 por el canciller José María Cantilo para que los cónsules negaran cualquier tipo de visa “a toda persona que fundadamente se considere que abandona su país como indeseable o expulsado, cualquiera sea el motivo de su expulsión”, de cualquier nación europea.

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