La sentencia validaba un acuerdo entre una empresa y el gremio liderado por Hugo Moyano en el que se reconocía que los trabajadores eran representados por este sindicato y no por el sindicato de la alimentación de la Provincia de Buenos Aires.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó una sentencia de la sala III de la Cámara del Trabajo que había validado la representación de los trabajadores de una empresa de catering por parte del Sindicato de Choferes de Camiones. Carlos Fayt, Elena Highton de Nolasco, Raul Zaffaroni y Juan Maqueda, hicieron lugar a un “recurso de queja” presentado por el Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación de la Provincia de Buenos Aires y revocaron que validó el trato.
El sindicato de la alimentación inició una acción de amparo ya que la empresa de catering Gate Gourmet S.R.L. y el Sindicato de Choferes de Camiones firmaron un acuerdo en 2010 donde la empresa reconocía que los trabajadores de su área de transporte estaban representados por este último y, en consecuencia, regidos por el convenio colectivo de los camioneros.
Según explicó en el expediente, hacía unos 30 años que el sindicato de la alimentación “ejercía pacíficamente la representación de todo el personal de la empresa”. En primera instancia se había hecho lugar al reclamo pero esto fue revocado por la cámara, con las firmas de Diana Cañal y Carlos Rodríguez Brunengo.
La sentencia fue dictada antes de que las partes quedaran notificadas de la resolución que hacía saber qué jueces iban a integrar la sala III, argumentó el sindicato de la alimentación por lo que a su parecer “se vio privado de la posibilidad de objetar la intervención de la Dra. Cañal en razón de que su nombramiento como jueza había sido promovido por quien fue secretario general del sindicato de camioneros”.
La Corte Suprema admitió la irregularidad y revocó la sentencia de la Cámara del Trabajo y ordenó que “se dicte un nuevo pronunciamiento”.