Gabriel tenía 14 años cuando el cura Rubén Pardo, de la Iglesia de Berazategui, lo violó. Su madre clamó justicia durante 10 años, el sacerdote murió impune y hoy, en un fallo histórico, la Cámara de Apelaciones de Quilmes ratificó una condena que obliga al Obispado a pagar una indemnización por pedofilia.
La noche del 14 de agosto de 2002, Beatriz Varela había autorizado a su hijo a que pasara la noche en la Casa de Formación de la Iglesia Católica de Berazategui, en compañía del cura Rubén Pardo. La mujer era viuda y confiaba en que el sacerdote podía orientar a sus dos hijos varones dentro de la fe. El abuso ocurrió durante la madrugada del 15. Cuando el cura se durmió, Gabriel se escapó saltando la medianera del fondo de la iglesia que lindaba con el terreno de su casa. Más de diez años después, la Sala II de la Cámara de Apelaciones de Quilmes ordenó a la iglesia indemnizar al joven y a su madre.
Luego de que su hijo le contara el abuso del que fue víctima, la primera reacción la madre fue aferrarse a la Iglesia y no hacer la denuncia penal. Esperaba una respuesta de la institución de la que se consideraba parte; sus dos hijos estudiaban en colegios religiosos, ella era catequista y su hermano diácono. Se decepcionó. “Cuando el sacerdote reconoció el hecho, le dieron 30 días de suspensión para dictar misa y le prohibieron hablar del tema”, explicó a Infojus Mauro Pagliuca, el abogado de la familia. Después de conocer esta decisión y saber que el cura seguía confesando chicos de escuelas primarias en la Vicaría de Flores, Varela decidió iniciar acciones penales.
La investigación quedó a cargo de la UFI 8 especializada en delitos sexuales del departamento judicial de Quilmes. En 2005, Pardo murió enfermo de sida y sin condena. El fallo que dictó la Sala II de la Cámara de Apelaciones de Quilmes, integrada por los jueces Eleazar Abel Reidel, Horacio Carlos Manzi y Julio Ernesto Cassanello, ratifica una sentencia de primera instancia que condenó al Obispado de Quilmes a pagar una indemnización por daño moral ($ 120 mil) y para pagar el tratamiento psicoterapéutico ($ 7800) el joven abusado que hoy tiene 25 años; y también el resarcimiento a la madre que durante 10 años clamó por justicia. En total, el obispado deberá afrontar un costo de 155.600 más los intereses por 10 años.
Es la primera vez que la Justicia argentina ordena a la Iglesia Católica resarcir a una víctima de abuso sexual por el daño que le causó el aberrante hecho. “Logramos dos cosas: establecer que el Obispado deba responder civilmente por lo que hizo un subordinado y que aun cuando no se obtiene una condena penal, se pueda conseguir un fallo condenatorio en sede civil”, dijo a Infojus el abogado de la familia.
En primera instancia, el Obispado había apelado argumentando que la responsabilidad se dirimía en la parroquia, y que el caso le era ajeno. “Pero los bienes de la parroquias son inembargables y en general no manejan sumas de dinero”, dijo Pagliuca a Infojus.
Las partes tienen diez días a partir de la notificación para apelar. En el Obispado prefirieron no hablar y derivaron a Infojus al abogado que los representa, el especialista en derecho canónico, Alejandro López Romano, quien por ahora también prefirió el silencio.