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27-11-2013|14:56|Nuevo Código Nacionales
Hoy

Las propuestas del nuevo Código Civil y Comercial

La sesión en que el Senado trata la unificación del Código Civil y Comercial comenzó después del mediodía y si el proyecto se aprueba pasará a Diputados en 2014, y entrará en vigencia a partir de enero de 2016. Estas son las principales propuestas.

Por: Kitsch

No se realizan distinciones entre varón y mujer a los efectos de definir quiénes pueden unirse en matrimonio, manteniendo el avance logrado con la Ley N° 26.618 (Ley de Matrimonio Igualitario)- Se incorpora la posibilidad de optar entre el régimen de comunidad de ganancias (único existente en la actualidad) y el régimen de separación de bienes, con acuerdos prenupciales. Igualmente, aun cuando se hubiera optado por el régimen de separación de bienes, el inmueble asiento del hogar conyugal queda especialmente protegido al requerir el asentimiento de ambos cónyuges para cualquier acto de disposición.

 

 

 

 

 

 

 

Se simplifican los trámites para solicitar el divorcio, admitiéndose que éste sea dispuesto sin mayores recaudos que la libre petición de uno o ambos cónyuges, sin requisitos temporales. Además, los cónyuges pueden hacer propuestas y acordar sobre los efectos que tendrá la disolución.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Se actualiza la legislación mediante la incorporación de las técnicas de reproducción humana asistida (ej.: inseminación artificial o fecundación in vitro), regulando expresamente el consentimiento informado, los requisitos del procedimiento a emplear, la prevalencia de la voluntad procreacional, y la equiparación de la filiación por dicho medio de reproducción humana con la natural y adoptiva plena.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Se simplifica el régimen jurídico de la adopción, con prioridad en el interés del niño por sobre el de los adultos comprometidos. Se mantiene la adopción plena y simple, y se incorpora la adopción por integración, referida al hijo del cónyuge o del conviviente. Se admiten la adopción conjunta y unilateral. Se incorpora el derecho a ser oído del niño niña o adolescente y a que su opinión sea tenida en cuenta según su edad y grado de madurez, a la identidad, a conocer sus orígenes, a la preservación de vínculos fraternos.

 

 

 

 

 

Se incorporan modernas formas de contratación como los contratos de arbitraje, agencia comercial, concesión comercial, franquicia, suministro y leasing, y se incorporan y armonizan los derechos del consumidor. Con ello se brinda mayor seguridad jurídica y se garantiza de mejor manera la defensa de los ciudadanos en tanto consumidores.

 

 

 

 

 

 

 

Se crea la figura de la sociedad unipersonal que facilita la asignación de una porción del patrimonio a un proyecto productivo, incentivando así las inversiones.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Se incorpora un capítulo, inexistente hasta ahora, dedicado a los derechos personalísimos, que abundan en los tratados internacionales de derechos humanos que integran el bloque de la constitucionalidad federal. Allí se reconocen expresamente los derechos a la dignidad, intimidad, honor e imagen, entre otros.

 

 

 

 

 

 

 

 

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