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Infojus Noticias

16-9-2015|20:37|Senado Nacionales
Fue presentado por la presidenta hace tres semans

Media sanción al proyecto que protege las acciones del Estado

El texto fue enviado por el Poder Ejecutivo y prevé la creación de la Agencia Nacional de Participaciones Estatales en Empresas (Anpee). Allí se declara de interés público la protección de la participación del Estado Nacional en la cartera de inversiones del FGS del Sistema Integrado Provisional Argentino (SIPA).

  • Charo Larigoistia.
Por: Infojus Noticias

El Senado nacional aprobó hoy y giró a Diputados un proyecto de Ley que declara de interés público la protección de las participaciones sociales del Estado que integran su cartera de inversiones del Fondo de Garantías Solidario (FGS) y de las participaciones accionarias de empresas donde sea socio minoritario.

La iniciativa prohíbe la transferencia de esas acciones sin previa autorización del Congreso por los votos de los dos tercios de sus miembros y crea la Agencia Nacional de Participaciones Estatales en Empresas (ANPEE).

La iniciativa que presentó hace tres semanas la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, se trató en el marco de una sesión especial,

El proyecto fue explicado en el Senado por el ministro de Economía, Axel Kicillof, y por el titular de Anses, Diego Bossio. La iniciativa declara de interés público la protección de la participación del Estado Nacional en la cartera de inversiones del FGS del Sistema Integrado Provisional Argentino (SIPA), la participación accionaria o de capital en empresas donde el Estado sea socio o donde el Ministerio de Economía posea tenencias accionarias o de capital.

La iniciativa prohíbe su “transferencia o cualquier acción que limite, altere, suprima o modifique su destino, titularidad dominio o naturaleza sin previa autorización del Congreso” por “los votos de los 2/3 de sus miembros”. Esa es la exigencia sobre la que, según informó Télam, pone reparos la oposición, debido a que el proyecto de ley puede ser derogado por mayoría simple, pese a demandar un número especial para autorizar la venta de las acciones que el Estado tiene en su poder tras el fin del sistema de AFJP.

Según los fundamentos del proyecto, la finalidad es “preservar” la sustentabilidad del Fondo y “promover el rol activo del Estado en la coordinación de la gestión de los directores que representan al Estadio Nacional o al FGS del SIPA para que la realización del interés societario se lleve a cabo resguardando el interés público comprometido en las participaciones societarias”.

El proyecto también crea la Anpee, como continuadora de la Dirección Nacional de Empresas con Participación del Estado de la Secretaría de Política Económica del Ministerio de Planificación. De aprobarse, esta área tendrá a su cargo entender en la ejecución de las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de las empresas con participación estatal.

La Anpee ejercer los “derechos políticos” inherentes a las acciones que integran la cartera de inversiones del FGS e instruir a los representantes del Estado en tales sociedades o empresas. La agencia se integrará con un Directorio y un Consejo Consultivo, previendo la conformación en el Congreso de una Comisión Bicameral Permanente de Participación Estatal en Empresas conformada por ocho miembros de Diputados y ocho del Senado.

La iniciativa contempla que el Directorio estará conformado por un presidente, ejercido por el director ejecutivo de Anses, dos directores designados por el PEN (uno será el ministro de Economía y el otro el ministro de Industria), dos directores propuestos por la Comisión Bicameral: uno por la mayoría o primera minoría y otro por la primera minoría o segunda minoría.

Según estipula el proyecto, el Directorio se conformará a los 30 días de promulgada la Ley por el Poder Ejecutivo. Los directores durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos por otro período. Asimismo, sólo podrán ser removidos de su cargo por mayoría simple, si la causa de la remoción es una situación de ilegalidad vinculada con una infracción a la Ley de Ética Pública. Pero, si se comprobara un mal desempeño de sus funciones, podrá ser echado de su puesto por decisión de las 2/3 partes de los miembros de la Bicameral.

Entre otras facultades, los directores podrán impartir instrucciones a los administradores designados por el Estado a fin de que “la administración de los negocios sociales resguarde el interés público comprometido en la actuación de la Sociedad”.

Télam/PW/LC

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