Los distintos trabajos publicados en INFOJUS NOTICIAS hasta el 9/12/2015 expresan la opinión de sus autores y/o en su caso la de los responsables de INFOJUS NOTICIAS hasta esa fecha. Por ello, el contenido de dichas publicaciones es de exclusiva responsabilidad de aquellos, y no refleja necesariamente la posición de las actuales autoridades del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos respecto de los temas abordados en tales trabajos.

Infojus Noticias

9-12-2015|15:26|FALLO Nacionales
La Procuradora ante la Corte había fallado a favor del ex fiscal

Moreno Ocampo deberá indemnizar a jueces por daño moral

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un recurso de queja presentado por la defensa del ex fiscal adjunto del Juicio a las Juntas, en el marco de una demanda civil por injurias y calumnias que le iniciaron tres jueces. El máximo tribunal del país confirmó así la sentencia de la Cámara Civil, que ordenaba pagarle 20 mil pesos a cada magistrado.

  • Télam
Por: Infojus Noticias

La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó una sentencia en la que se condenó al ex fiscal adjunto del Juicio a las Juntas y ex fiscal de la Corte Penal Internacional, Luis Moreno Ocampo, a indemnizar a tres jueces marplatenses por haber opinado sobre un fallo dictado en la causa por el homicidio de Alfredo María Pochat, un gerente de la ANSES que investigaba casos de corrupción en el organismo, en 1997, y que fue asesinado de dos tiros en la espalda en su despacho.

El máximo tribunal del país declaró inadmisible el recurso de queja presentado por el abogado de Moreno Ocampo, Santiago Felgueiras. El fallo lleva la firma de los jueces Juan Maqueda, Elena Higthon y los jueces que actuaron de conjueces en esta causa, Martín Irurzun y Ricardo Barreiro, el único que votó en disidencia. Para declarar inadmisible el recurso, los magistrados se valieron del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que autoriza al tribunal a no argumentar su decisión.

El asesinato y la demanda

El 4 de junio de 1997, Pochat estaba en su despacho de la ANSES, en Mar del Plata. Esa mañana se presentó allí Armando Andreo, esposo de la directora de la Delegación Mar del Plata Silvia Albanesi. Pochat había realizado una investigación en la que denunciaba a Albanesi y a otros cinco funcionarios como parte de una organización. Para ese mismo día, también se había convocado a una conferencia de prensa donde se darían a conocer los despidos de los funcionarios involucrados en las maniobras.

Andreo ingresó al despacho de Pochat y disparó cinco veces. Según las crónicas de aquellos años, “una de las balas impactó en el cuello y la otra le perforó el pecho, a la altura del corazón”. Pochat había descubierto “graves inconvenientes que impedían la normal iniciación y desarrollo de trámites jubilatorios”. Andreo fue condenado a 17 años de prisión.

Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal de Mar del Plata –Roberto Atilio Falcone, Mario Alberto Portela y Néstor Rubén Parra–, dictaron esa sentencia, en septiembre de 1998. Una vez conocido el fallo, Moreno Ocampo expresó en varios medios de comunicación su disconformidad. Pero los tres jueces consideraron que el abogado se excedió en sus dichos y lo demandaron civilmente, argumentando que “se valió de su alto perfil mediático para emitir injurias y calumnias en su contra por televisión, radio y periódicos de amplia difusión”.

La denuncia de los magistrados apuntó, sobre todo, a sus dichos difundidos en entrevistas a Radio del Plata, Radio Continental, Canal 9 y Canal 10 de Mar del Plata, el diario Clarín y el diario La Capital: “En el ámbito de la justicia federal de Mar del Plata hay protección a gente que actuó en este caso”, dijo Moreno Ocampo y aseveró que “los jueces no actúan como deben actuar y lo que dicen en Mar del Plata es que esos jueces fueron designados por el gremialismo de Mar del Plata”.

Indemnización confirmada

La demanda fue aceptada tanto en primera instancia como en la Cámara Civil, cuando la sala I de ese fuero ordenó que Moreno Ocampo indemnizara con 20 mil pesos a cada uno de los jueces por daño moral. Los jueces civiles consideraron que los dichos del ex fiscal “constituyen generalizaciones fruto de una valoración moral de los hechos, lo cual los ubica en el campo de la opinión y los sustrae del limitado ámbito de aplicación de la doctrina de la real malicia”, es decir, los dichos “excedieron los límites del derecho a la libertad de expresión y afectaron ilícitamente el honor” de los jueces.

El expediente llegó a manos de los magistrados del máximo tribunal del país con un dictamen contrario de la procuradora Fiscal ante la Corte Suprema, Irma Adriana García Netto, quien opinó que el fallo de la Cámara Civil debía revocarse porque los dichos se encuentran “amparados por el derecho a la libertad de expresión”. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación no tuvo la misma interpretación y confirmó la decisión de la Cámara el pasado 1 de diciembre.

En su disidencia, el juez Barreiro compartió los argumentos dados por el dictamen de la procuración que recomendaban revocar la sentencia. En principio, Moreno Ocampo deberá indemnizar a los jueces por 60 mil pesos a los que se les agregarán los intereses.

Relacionadas