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Infojus Noticias

20-6-2015|12:19|Ciudad Nacionales
Medida cautelar

Ordenan a la Ciudad que asista a un hombre en situación de calle

Vive en una estación de subterráneos y padece problemas cardíacos. El juez en lo contencioso administrativo y tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Aurelio Ammirato, ordenó al gobierno porteño que lo asista, incluyéndolo “en alguno de los programas de emergencia habitacional disponibles que resulten acordes a sus necesidades, a través del medio que la autoridad administrativa disponga, en tanto no se trate de un parador ni un hogar”.

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Por: Infojus Noticias

El juez en lo contencioso administrativo y tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Aurelio Ammirato, ordenó al gobierno porteño brindar asistencia a un desocupado que vive en una estación de subterráneos y padece problemas cardíacos y de diabetes.  La medida cautelar "hasta que se dicte sentencia definitiva", fue dictada a pedido de Juan Andrés Rojas, de 57 años de edad, quien se encuentra en estado de "indigencia" y "puede ser ubicado en la boca de acceso de la estación Callao" de la línea D de subterráneos, según informó la agencia Télam.

Rodas reclamó una “solución adecuada a los fines de atender sus necesidades habitacionales" y que "respete el derecho a la libre determinación del plan de vida propio, que de consistir en un subsidio, le permita abonar en forma íntegra el valor de un lugar en condiciones dignas de habitabilidad”. El demandante recalcó que vive en la boca de acceso de esa estación de subterráneos y que sufre "cardiopatía isquémica y diabetes tipo II”, tal como consigna la agencia Télam.

Los problemas económicos y de salud para Rodas se acentuaron en 2009, cuando se separó de la mujer con la que convivía en pensiones y hoteles. Según constancias del expediente a las que accedió esa agencia, el hombre recibe algunos alimentos, medicamentos y ropa de la fundación "El Pobre de Asís". Ante esta situación, el juez dispuso que el gobierno lo incluya “en alguno de los programas de emergencia habitacional disponibles que resulten acordes a sus necesidades, a través del medio que la autoridad administrativa disponga, en tanto no se trate de un parador ni un hogar”.

El magistrado agregó que en caso de que decida otorgar un subsidio "la ayuda económica a proporcionar deberá resultar adecuada para atender el acceso a un alojamiento que reúna condiciones de vivienda digna y, por tanto, brindar el monto suficiente a tal efecto a lo largo del tiempo y hasta tanto se dicte sentencia definitiva” en la causa.

Télam/MEL

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