Los distintos trabajos publicados en INFOJUS NOTICIAS hasta el 9/12/2015 expresan la opinión de sus autores y/o en su caso la de los responsables de INFOJUS NOTICIAS hasta esa fecha. Por ello, el contenido de dichas publicaciones es de exclusiva responsabilidad de aquellos, y no refleja necesariamente la posición de las actuales autoridades del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos respecto de los temas abordados en tales trabajos.

Infojus Noticias

7-1-2014|11:46|Salud Nacionales
Etiquetas:
Medida cautelar para garantizar la cobertura médica

Osde debe atender a un paciente con VIH que no lo informó al afiliarse

La prepaga lo había dado de baja porque el afiliado inició tratamientos contra el vih pero al inscribirse había omitido decir que convivía con la enfermedad. Deberán atenderlo provisoriamente hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

  • Ilustración: kitsch.
Por: Infojus Noticias

Un afiliado a una empresa de medicina prepaga deberá ser atendido "provisoriamente" pese a que al afiliarse habría omitido informar que padece vih, mientras se resuelve la cuestión judicial de fondo, informó la Agencia Télam. La decisión fue tomada por la Cámara en lo Civil y Comercial federal que dispuso que la empresa OSDE preste servicios al afiliado por entender que "la falta de cobertura pondría en serio peligro su estado de salud" y que el derecho a la salud se impone por sobre los demás agravios invocados por la prepaga, según el fallo de la sala III del tribunal de apelaciones.

Los camaristas Guillermo Antelo y Graciela Medina ordenaron reincorporar "provisoriamente" al afiliado al dictar una medida cautelar para garantizar la cobertura médica que evite su muerte. "Frente a esta situación es conveniente proceder a la reafiliación del actor, pues la falta de cobertura pondría en serio peligro su estado de salud, de modo de no alterar la situación, hasta que se decida la cuestión de fondo", explicó el fallo.

En esta situación "concurre en la especie el peligro en la demora, configurado por la incertidumbre que apareja para el
peticionario la posible falta de asistencia y cobertura de las prestaciones requeridas, con arreglo a las dolencias que sufre". "Impresionan como más gravosas para el actor las consecuencias derivadas del rechazo de la cautelar solicitada, que para la demandada disponer su reincorporación", concluyeron los jueces.

Según la causa judicial, la prepaga canceló la afiliación debido a que al momento de concretarla se "omitió consignar en su
declaración jurada de ingreso que padecía "HIV-SIDA" y luego comenzó a someterse a tratamientos para la cura de la
enfermedad, informó Télam.

Relacionadas