En 2001 el integrante de la Corte Suprema publicó un libro donde escribió sobre los atentados a la AMIA y a la embajada de Israel. Allí mencionó a un exfuncionario iraní, quien lo demandó por daños y perjuicios.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación -en esta oportunidad, integrada por conjueces- confirmó una sentencia que consideró prescripta una demanda iniciada contra Carlos Fayt, integrante del máximo tribunal, por un libro donde escribió sobre el atentado a la embajada de Israel y a la AMIA, entre otros temas. Un ex funcionario iraní lo había demandado por mencionarlo en esas páginas.
A fines del 2001 el nonagenario integrante de la Corte Suprema, Carlos Fayt, publicó el libro “Criminalidad del Terrorismo Sagrado”. En él se mencionaba a un ex funcionario de la embajada de Irán en Argentina, Iamanian Khosrow. Este lo demandó por daños y perjuicios en 2010 por haberlo involucrado en “a causas como la de la Embajada de Israel y A.M.I.A.” que tuvieron un “efecto demoledor” en su vida.
“Tuve expectativas de progreso en este país, al que llegué hace años, pero luego de la publicación, mi vida cambió”, dijo Khosrow en la causa. Para el ex funcionario iraní, la publicación de Fayt le “generó un enorme daño moral”. Pero la justicia no le dio la razón. La causa fue considerada prescripta por el juez de primera instancia Eduardo Cecinini porque la denuncia fue hecha varios años después de la edición del libro. “No puede admitirse que ahora el actor pretenda que se considere la fecha del 7 de octubre de 2010 en que dice haber adquirido el libro en cuestión”.
La Cámara Civil confirmó la prescripción de la causa, más allá del argumento de Khosrow. El exfuncionario sostenía no conoció la existencia del libro hasta octubre de 2010, luego de haberlo comprado por internet. La publicación se hizo en 2001 por lo que la “causa se encuentra prescripta por haber transcurrido en exceso el plazo de prescripción”, explicaron los jueces de la sala C.
Khosrow insistió y llegó a la Corte Suprema de Justicia luego de presentar un recurso de queja. Cómo se trataba de una causa contra uno de los integrantes de la Corte, todos sus colegas se excusaron de participar y el tribunal debió integrarse con conjueces. Mariano Borinsky, Marina Cossio, Mario Osvaldo Boldú, Jorge Villada, Alberto Criscolo y Juan González Macías, fueron los conjueces que primero aceptaron la recusación de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Maqueda y Eugenio Zaffaroni.
Después, en una sentencia firmada el pasado 28 de mayo, declararon “inadmisible” el recurso presentado por el ex funcionario basando su decisión en una cuestión “procesal”, el artículo 280 de ese código que le permite al máximo tribunal, “según su sana discreción rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia”.
Fayt estuvo asistido en toda la causa “Iamanian Khosrow s/ Fayt Carlos Santiago s/ daños y perjuicios” por Jorge Rizzo, ex presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF).