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Infojus Noticias

1-7-2013|13:25|ÁNGELES RAWSON Nacionales
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AFSCA también evalúa las sanciones por difundir la intimidad de una menor de edad

Prohíben difundir imágenes y documentos de la vida privada de Ángeles

La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual notificó a los medios audiovisuales la orden judicial que prohibió divulgar imágenes o documentos que hagan pública la vida privada de Ángeles Rawson.

  • Ilustración: kitsch
Por: Infojus

Desde el sábado 29 de junio los medios audiovisuales –radios y canales de televisión- no pueden difundir documentos ni imágenes que expongan la vida privada de Ángeles Rawson y de las personas de su círculo íntimo que sean menores de edad. La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) notificó a los medios audiovisuales la orden judicial que dictó la prohibición de divulgar imágenes o documentos que hagan pública la vida privada de Ángeles Rawson.

El Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 17 a cargo de Javier Ríos envió un texto al AFSCA en el que le solicitó que “se arbitre los medios necesarios para que no se divulguen, publiquen ni exhiban documentos, fotocopias, fotografías, imágenes y todo otro material que exponga en forma mediática la vida privada de la menor Ángeles Rawson, su intimidad familiar y su círculo de amistades entre quienes se encuentren personas menores de 18 años". Para hacer cumplir esta resolución judicial, la AFSCA notificó a los medios de comunicación audiovisuales.

La AFSCA también evalúa  las sanciones que se impondrán a los medios que, con la difusión de la intimidad de una persona menor de edad, violaron la ley 26.061 de Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, la ley 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres  en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, y la ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.

El Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión también cuestionó la difusión mediática de los contenidos que Ángeles Rawson había publicado en las redes sociales: “la publicación de información que la niña hubiera brindado en redes sociales constituye parte de su intimidad y de modo alguno debiera haber sido difundida, ya que expresamente la Convención sobre los Derechos del Niño -con jerarquía constitucional en nuestro país- protege la privacidad de los niños y de las niñas. Por otra parte, se debe evitar la sobreexposición mediática de los/as jóvenes, por ejemplo, el hecho de entrevistar a los/as compañeros/as de Ángeles, sin preservar su identidad, constituye una exposición abusiva. Estas entrevistas fueron luego repetidas en otros medios”, señaló en un informe distribuido en los últimos días.

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