El gobierno promulgó la norma a través del Boletín Oficial. La medida otorga los mismos beneficios que las reestructuraciones anteriores.
A través del Boletín Oficial, el gobierno promulgó hoy la ley de reapertura del canje de deuda sancionada el pasado 11 de septiembre. La medida otorga a los bonistas los mismos beneficios que las reestructuraciones realizadas en 2005 y 2010 y que fueron aceptados por el 93 por ciento de los bonistas.
El Decreto 1470/2013, publicado hoy en el Boletín Oficial, promulgó la Ley 26.886 de Proceso de reestructuración de títulos públicos. La ley permite ingresar en la reestructuración de la deuda a los bonistas que no aceptaron hasta ahora la propuesta argentina.
El artículo segundo del proyecto establece que los "términos y condiciones financieros que se ofrezcan no podrán ser mejores que los ofrecidos a los acreedores en el decreto 563/10".
Otro artículo, el 7, suspende la vigencia de la denominada Ley Cerrojo y el cierre del canje lo deja supeditado a la decisión del Congreso Nacional, para dar vía libre a la operación que oportunamente realizará el Ejecutivo.
El texto sostiene que quienes deseen participar deberán renunciar a los derechos que les correspondan como sentencias o laudos, o acciones legales iniciadas o que pudieran realizarse a futuro en relación a los títulos susceptibles de canje.
"Prohíbese ofrecer a los tenedores de deuda pública que hubieran iniciado acciones judiciales, administrativas, arbitrales o de cualquier otro tipo un trato más favorable que a aquellos que no lo hubieran hecho", señala su artículo 4.
La nueva legislación grava actividades financieras que no estaban comprendidas por el impuesto a las Ganancias, para compensar la suba del mínimo no imponible en los salarios.