"Un entramado ficcional": así califica la Procuración del Tesoro de la Nación los principales argumentos de la acusación de Nisman sobre un supuesto complot para encubrir a Irán. Punto por punto, los documentos probatorios.
El escrito que la Procuración del Tesoro de la Nación presentó hoy en el juzgado de Daniel Rafecas cuestiona cada uno de los argumentos con que la denuncia del fiscal Alberto Nisman involucra a la presidenta Cristina Fernández y a funcionarios de su gobierno en un supuesto plan para desviar la investigación del atentado a la AMIA. La presentación -de carácter informativo, es decir: no representa particularmente a los funcionarios- lleva las firmas de la procuradora Angélica Abbona y de los subprocuradores Horacio Diez y Javier Pargament.
En las 290 páginas que el fiscal Nisman presentó el 14 de enero, se describe el supuesto beneplácito de los funcionarios argentinos para evitar que los imputados de nacionalidad iraní, acusados desde 20006 por el atentado, consigan finalmente la impunidad instalando nuevas pistas falsas que conducirían a una red de “fachos locales”. En el escrito, la procuradora de la Nación recupera los argumentos del fiscal y los contrasta con documentación e informes oficiales, que lo cuestionan en su base.
"Un entramado ficcional": los delitos denunciados no existieron
La denuncia presentada por Nisman menciona varias veces un supuesto acuerdo secreto entre las autoridades argentinas e iraníes para que, mediante conclusiones previamente acordadas, la Comisión de la Verdad (cuya creación contempló el Memorándum de Entendimiento entre los países) garantizara la impunidad de los iraníes imputados desde 2006 por el atentado. Ese presunto acuerdo suponía que el Estado argentino gestionaría se levanten las notificaciones rojas de Interpol, es decir los pedidos de captura internacional a los iraníes. En el punto “IV – La inexistencia de los delitos denunciados” Abbona ataca duramente los argumentos de ese escrito y lo califica como un “entramado ficcional”.
“¿Cuál ha sido entonces la “ayuda”, traducida en comportamientos vinculados en forma directa y próxima con el tipo penal, que proporcionó a los imputados iraníes el obrar de las autoridades argentinas? La respuesta es obvia: ninguna”, apuntó Abbona.
El Memorándum no afecta las alertas rojas de Interpol
Abbona afirma que el Ejecutivo no tenía, ni tiene facultades para requerirle a Interpol que levante las alertas rojas que pesan sobre los iraníes, que no son extraditados por su país para ser traídos a indagatoria ante el fiscal y el juez de la causa, Rodolfo Canicoba Corral. Y señala que el mismo Canicoba Corral así lo dijo cuando le tocó intervenir en la discusión judicial sobre la constitucionalidad del Memorándum. Recordó que el propio juez consideró que “la firma del memorándum en nada incidía sobre las notificaciones rojas, cuya vigencia no se vería afectada”.
Agrega luego que el “entramado ficcional” se desvirtúa con la sola lectura del Memorándum , que nada dice sobre tal “levantamiento” y por el intercambio oficial entre Interpol y las autoridades del ministerio de Relaciones Exteriores y Culto argentino. Cita una nota del 15 de marzo de 2013, donde el Consejero Jurídico de Interpol, Joel Sellier, informó que dicho acuerdo no implica ningún cambio en el estatus de las notificaciones rojas, y se refirió al acuerdo como un “desarrollo positivo” para lograr el esclarecimiento del atentado. Seis días después de aquel 15 de marzo, el canciller Héctor Timerman se refirió por escrito a la vigencia de las alertas rojas como una “pieza fundamental en los avances logrados recientemente en causa Amia”.
Ambos documentos (la nota del Consejero de Interpol y la del canciller), junto con una carta que envió el secretario general del Interpol, Ronald Noble, a las autoridades argentinas tras conocerse la denuncia de Nisman, fueron incorporadas como aporte documental en el escrito de la Procuración del Tesoro. En esa nota, Noble aseguró que “su posición y la del gobierno argentino fueron consistentes y firmes” en mantener en vigor las alertas rojas.
Esteche y D´Elía: no representan al Estado
En rigor, Nisman retomó una denuncia del periodista José Eliaschev, quien supuestamente alertado por un funcionario iraní dijo que el Estado argentino “habría perdido el interés en esclarecer el atentado a la sede de la AMIA”. El escrito de la Procuración dice que no se incorporó prueba al respecto. Sobre las acusaciones atribuidas a los dirigentes políticos Fernando Esteche y Luis D’Elia en la negociación, argumenta que “no estuvieron, ni están jurídicamente” habilitados a actuar en representación de la Nación argentina.
Las escuchas no eran secretas
En su denuncia, Nisman dice que la Argentina necesita el petróleo iraní basándose en que en una de las escuchas, el líder de la comunidad islámica argentina Jorge Khalil habla con Mohsen Rabbani (imputado por la voladura de la AMIA) sobre el tema. En este punto, el escrito de la procuradora cita las mismas escuchas utilizadas por el fiscal para la acusación, donde el propio Khalil afirma tener en claro que su línea telefónica estaba interceptada.
“Los números de teléfonos de los que toma Nisman las escuchas son todos de Khalil. Cada tanto los cambiaba porque sabía que los estaban escuchando”, dijo a Infojus Noticias una fuente judicial que conoce y tiene acceso a los pormenores de la investigación por el atentado.
Los espías no existían
En la denuncia Nisman presenta a Ramón Allan Héctor Bogado y Héctor Yrimia como supuestos espías. La Secretaría de Inteligencia lo desmintió. La procuradora señala que Bogado había sido denunciado por la Secretaria de Inteligencia en noviembre de 2014, porque “invocando una calidad de agente estatal que en rigor no ostenta, ha pretendido hacer un ilícito tráfico de influencias”. La causa está radicada en el juzgado Criminal y Correccional Federal n° 9
No hubo trabas a la investigación tras la firma del memorándum
Nisman aseguró que tras la firma del Memorándum, en enero 2013, “se vio afectado el normal intercambio de informaciones y piezas probatorias en el marco de los mecanismos de cooperación judicial internacional, necesarias para la pesquisa del caso”. Es decir, lamentaba que de avanzar este acuerdo podría perder la colaboración de servicios de inteligencia extranjeros en la construcción de la causa por el atentado. Y presentaba esto como una forma de impedir llegar a la verdad. La posición de Nisman era cuestionada en público por los familiares de las víctimas, por juristas y conocedores del expediente. Todos coinciden, con palabras parecidas, en calificar el expediente por el atentado como“agarrado con alfileres” e “infiltrado por agencias extranjeras de inteligencia”.
Los iraníes tienen derecho a defensa
El fiscal creía que cuando la Comisión por la Verdad tomara declaración a los iraníes imputados (algo previsto en el Memorándum), quedarían al descubierto ante el Estado Iraní las pruebas o “piezas de cargo reunidas en el expediente”, incluso a las más secretas. La procuradora se pregunta por qué no accederían a esas pruebas al prestar declaración indagatoria ante un juez argentino (Canicoba Corral), si de hecho así lo ampara el derecho a defensa garantizado en la Constitución.
Argentina no podía comprar petróleo iraní
El supuesto complot que incluía a la presidenta y sus funcionarios, según la denuncia de Nisman tenía por objeto aumentar el intercambio comercial con Irán: venderles grano e importar petróleo, destinado a paliar la crisis energética.
“Argentina no podría comprar petróleo iraní porque la calidad del crudo de ese origen no es la exigida por las refinerías locales; en tal sentido, destaca que la calidad del petróleo iraní es inferior a la del producido en determinadas cuencas argentinas, que incluso generan saldos exportables”, cita la procuradora al referirse a los informes del Ministerio de Planificación Federal, de Economía y la AFIP. Señala además que el comercio con ese país se realiza fundamentalmente entre privados. Y agrega que esas mismas fuentes le indican que, al momento de los hechos denunciados, Irán estaba aumentando su propia producción de alimentos.