Los distintos trabajos publicados en INFOJUS NOTICIAS hasta el 9/12/2015 expresan la opinión de sus autores y/o en su caso la de los responsables de INFOJUS NOTICIAS hasta esa fecha. Por ello, el contenido de dichas publicaciones es de exclusiva responsabilidad de aquellos, y no refleja necesariamente la posición de las actuales autoridades del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos respecto de los temas abordados en tales trabajos.

Infojus Noticias

3-7-2015|17:12|Resolución Nacionales
"No aparece en forma manifiesta" la arbitrariedad

Rechazan la medida cautelar pedida por el juez Cabral

La decisión la tomó el juez Esteban Furnari. La resolución del Consejo “encontraría razonable sustento fáctico y normativo” dijo el juez.

  • Mariano Armagno
Por: Infojus Noticias
El juez en lo Contencioso Administrativo Federal N°2, Esteban Furnari, desestimó la medida cautelar pedida por el juez Luis María Cabral en el amparo que presentó para volver a ser juez subrogante de la Cámara Federal de Casación Penal.  La resolución del Consejo “encontraría razonable sustento fáctico y normativo” dijo el juez.

El juez sostuvo que “la invocada arbitrariedad o ilegalidad” que describió Cabral en el amparo “no aparece en forma manifiesta”. Según se explica en la sentencia, designación de Cabral estaba sujeta al “sistema institucional” y “no hasta que se designare el nuevo titular”. Esto le da la razón a uno de los principales argumentos en los que se apoyó el propio Consejo el día que se aprobó la designación de conjueces para cubrir las vacantes en la Cámara Federal de Casación.

El 11 de junio de 2013 la Cámara Federal de Casación Penal dictó la acordada 1/2013 en la que ratificó la subrogancia de Cabral explicando que esta “rige hasta tanto esa vacante sea cubierta según el sistema institucional”. Ese sistema, para el juez Furnari, es la Ley Nº 27.145  de “Procedimientos para la Designación de Subrogantes” que “ha establecido el nuevo régimen institucional para la designación de magistrados subrogantes de los tribunales inferiores a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la intervención del Consejo de la Magistratura”.

“La decisión atacada en autos no pareciera ser más que el cumplimiento de la condición resolutoria a cuyo acaecimiento se encontraba supeditada la vigencia de la designación del Dr. Cabral”, explicó el juez en una veintena de páginas firmadas poco después de la una de la tarde y aclaró que “en el actual estado liminar del proceso, solo puedo concluir provisionalmente que la Resolución nº 180/2015 encontraría razonable sustento fáctico y normativo en las cuestiones reseñadas”.

Furnari explicó que “una inteligencia orientada hacia la judicialización amplia de las decisiones de otros poderes pondría en serio riesgo tanto el ejercicio de las funciones que la Constitución asigna a cada uno de ellos, como la autoridad de la propia Corte Suprema”.  El juez no se expidió sobre la constitucionalidad o no de la ley de subrogancias, ya que lo hará cuando se expida sobre el fondo del asunto.

Cabral llegó como juez subrogante de la Cámara Federal de Casación Penal en septiembre de 2011 desde el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 9 que integra, a cargo del juzgamiento de delitos comunes. Fue “invitado” a formar parte del máximo tribunal penal del país por el hoy jubilado juez Raúl Madueño y esa subrogancia se hizo continua. Durante 4 años Cabral subrogó en el tribunal penal más importante del país hasta que se aprobó la nueva ley de subrogancias. 

La semana pasada, el organismo encargado de la designación de jueces subrogantes aprobó la designación de conjueces para tres vacantes en el tribunal, entre ellas, la que ocupaba Cabral desde hace cuatro años. Allí comenzó el camino del amparo presentado por quien fuera el presidente de la Asociación de Magistrados donde pide “la nulidad, ilegalidad e inconstitucionalidad” de la resolución firmada por el plenario del Consejo.

Cabral pidió una medida cautelar que hoy fue rechazada por Furnari que aún debe resolver el fondo de la causa. Fuentes consultadas por este medio sostienen que Cabral apelará el fallo y que intentaría la presentación de un “per saltum” o salto de instancia, para llegar directamente a la Corte Suprema con su reclamo.

GA/PW

Relacionadas