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Infojus Noticias

22-6-2015|17:43|Crimen Nacionales
Violencia institucional

“Se utilizó la figura del enfrentamiento para tapar un asesinato”

Lo dijo Nahuel Berguier, abogado de la familia de Marcelo Montenegro baleado en una persecución policial en julio de 2012. Hoy se realizó en la Cámara de Apelaciones una audiencia para definir si se confirma el procesamiento de Emmanuel Díaz, Mario Medina y Diego Calderón, agentes de la Policía Federal acusados de homicidio agravado.

  • Sol Vazquez.
Por: Juan Carrá

“A mi hijo me lo mataron, yo sé que Dios va a hacer justicia”, la frase sale entrecortada de la boca de Rosa, la madre de Marcelo Montenegro, asesinado durante una persecución policial en Ciudad Oculta en julio de 2012. Tres años después, la Sala V de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de Capital Federal tiene en sus manos las decisión de avanzar o no en el procesamiento a tres miembros de la Policía Federal imputados por el asesinato. Los acusados –Emmanuel Díaz, de 29 años; Mario Medina, de 28  y Diego Calderón, de 32– fueron procesados por “homicidio agravado” y sus defensas apelaron el fallo. Esta mañana las partes expusieron sus argumentos ante los jueces que en los próximos días darán su veredicto.

Lo que está en debate es la actuación de los efectivos la noche del 7 de julio de 2012. Entonces, el subinspector Díaz estaba a cargo del móvil 100 de la Comisaría 48 de la Policía Federal que tenía como chofer al agente Medina y como tercer hombre a Calderón. Cerca de las 3 de la madrugada escucharon por radio que el Cuerpo de Policía de Prevención Barrial, asignado a la Villa 15, alertaba sobre un Renault Twingo dorado que había sorteado dos puestos de control policial y que “de acuerdo a lo informado por un vecino, sus ocupantes iban armados”.

Minutos más tarde los policías vieron un auto similar al “sospechoso”, entonces comenzaron a perseguirlo. Alejandro Maturano manejaba el Twingo y Montenegro iba en el asiento del acompañante. La versión de uno de los policías –en su indagatoria– dice que debieron disparar luego de recibir disparos por quienes iban en el auto y que nunca dejaron de apuntarlos, por lo que “existía una sobrada presunción de que iban a disparar y pondrían fin a su vida, corriendo peligro también la de eventuales transeúntes”. Sin embargo, las pericias demostraron que esta versión no tenía sustento.

El auto terminó la fuga al chocar contra un paredón en la esquina de Piedrabuena y Saraza. Maturano fue detenido en ese momento. Montenegro estaba gravemente herido. Los dos fueron trasladados al Hospital Santojani. Montenegro ingresó sin vida. La autopsia confirmó que murió por un disparo que le ingresó en la zona del tórax después de atravesar los asientos del auto en el que viajaba.

“Se utilizó la figura del enfrentamiento para tapar un asesinato y fueron las actas policiales convalidadas por la justicia las que hicieron posible esto”, explicó Nahuel Berguier, abogado que representa a la familia de Montenegro a través de la Asociación Civil Miguel Bru.

Rosa contó que apenas se enteró de lo que le había pasado a su hijo salió para la comisaría y al hospital. “Todos me negaban que mi hijo estaba muerto, recién a la noche pude reconocerlo en la morgue: en el brazo tenía tatuado mi nombre”, contó la mamá de Marcelo. Junto a ella y al abogado, el diputado Pablo Ferreyra, Rosa Bru y referentes de la Campaña Nacional contra la Violencia Institucional, realizaron una conferencia de prensa para explicar el estado de la causa.

“Acá hay un crimen y tres imputados, lo que queremos es que se debata en juicio oral y público y que en todo caso en esa instancia se contrapongan las pruebas para que se determiné qué fue lo que pasó”, expresó Berguier.

Idas y vueltas judiciales

El camino judicial por esta causa lleva años de instancias judiciales. La investigación, en un principio, tramitó en el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción 19, a cargo de Diego Slupski. El 24 de junio de 2013 –más de un año después del hecho– se resolvió el procesamiento con prisión preventiva de Alejandro Maturano por el delito de “resistencia a la autoridad agravada por el empleo de arma de fuego y tenencia ilegal de arma de uso civil”. En esa misma resolución, el juez Slupski sobreseyó a los tres efectivos policiales por considerar que la muerte de Montenegro fue producto de un enfrentamiento y que los uniformados habían actuado para repeler una agresión iniciada por los jóvenes que iban en el Twingo.

La Sala V de la Cámara no estuvo de acuerdo. Anuló los sobreseimientos y pidió seguir investigando. El juez volvió a sobreseer y una vez más la cámara decretó la “falta de mérito para procesar o sobreseer a los imputados”. Sin embargo, Slupski volvió a sobreseer. La decisión de la Cámara, entonces, fue quitarle la causa y mandarla a sorteo. Así, quedó en manos del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción 38, a cargo de Wilma López.

Para la jueza la investigación tenía una serie de elementos que permitían inferir que el enfrentamiento que los propios policías ponían como argumento del disparo mortal, no había existido. Entonces decidió avanzar con la acusación por homicidio agravado para Díaz, Medina y Calderón.

Las pruebas para descartar un enfrentamiento

Según el procesamiento –al que Infojus Noticias tuvo acceso– la prueba obtenida durante la investigación “se impone” que la muerte de Montenegro fue el resultado de “una agresión deliberada del personal policial”.  La primera de esas pruebas está vinculada al revólver calibre .22 que se encontró en un rastrillaje a 200 metros del lugar final de la persecución. “Las pericias –dice el procesamiento– determinaron que del arma que supuestamente llevaban Maturano y Montenegro no se efectuaron disparos” y agrega: “Si bien se halló un arma de fuego en el trayecto de fuga de Maturano y Montenegro que presumiblemente abrís sido utilizada por los nombrados, ello por sí solo no  constituye prueba suficiente acerca de la existencia de un enfrentamiento que habilitara al personal policial a efectuar disparos contra los sospechosos durante una persecución”.

Otro elemento importante que abonó la decisión de la jueza López son las comunicaciones de radio de los efectivos en el momento en el que están persiguiendo al Twingo por las calles de Ciudad Oculta. “Los policías replican en las modulaciones que el enfrentamiento fue después de la colisión en la esquina de Piedrabuena y Saraza. No obstante, en ese momento los imputados no llevaban consigo arma de fuego alguna, pues el revólver cuya tenencia ilegal se les endilgó fue secuestrado seis cuadras antes”, dijo la jueza en el procesamiento y agregó que en la modulación no se hizo referencia alguna a que los sospechosos efectivamente estaban armados, sino que siempre se manejaron con la presunción basada en la supuesta denuncia de un vecino.

Por otro lado, se destaca en el escrito la decisión de la jueza de procesar a los tres efectivos por igual, incluso al conductor del patrullero que no disparó. Para hacerlo, se valió de la jurisprudencia que dejó el fallo Mariano Ferreyra en el que se dice: “Si plurales sujetos deciden de manera conjunta asumir riesgos, jurídicamente desaprobados, cualquiera de los que concrete el resultado se extiende a todos, porque ese riesgo se corre de manera conjunta. No sabemos cuál tirador acabó con la vida de Ferreyra, pero sabemos que hubo convergencia intencional, que el riesgo se corrió de manera conjunta”.  Además, se resalta que la conducta de los tres miembros de la Policía Federal se “ejecutó fuera de los límites de la Ley Orgánica” de la fuerza y del Código Procesal Penal.

“Todo ello resulta determinante para descartar la existencia de un enfrentamiento”, sostiene la jueza y por eso decidió procesar a los tres policías por “homicidio agravado por ser miembro de una fuerza de seguridad y haber abusado de sus funciones”.

El abogado que representa a la familia Montenegro dijo a Infojus Noticias que “después de tres años se logró revertir la ideal del "enfrentamiento",  plasmada en las actas policiales y avalada por el Poder Judicial, como ocurre habitualmente. Ahora el procesamiento dictado por Wilma López refleja con claridad que los disparos provinieron solo desde el patrullero. Queremos discutir en juicio oral y público que el instituto de la legítima defensa opera solo en algunos casos, y no puede convertirse en el salvoconducto para que los malos policías disparen criminalmente en cualquier circunstancia”.

JC/LC

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