La Cámara de Apelaciones en lo Civil ratificó un fallo de primera instancia que autorizaba a una mamá a vacacionar en Buzios junto a su hijo menor de edad, aunque el papá se oponía “por miedo y temor que le ocurra algo y no lo pueda socorrer”. Los camaristas resolvieron teniendo en mira el interés familiar y ordenaron que la mujer garantice la comunicación entre el niño y su progrenitor.
Una mujer podrá irse de vacaciones a Brasil con su hijo menor de edad pese a que su ex esposo, y padre del chico, se oponía “por miedo y temor que le ocurra algo y no lo pueda socorrer”. La autorización para que madre e hijo viajen fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil. La mujer debe garantizarle al hombre la comunicación con el menor durante el período de vacaciones.
La decisión judicial lleva las firmas de los camaristas Luis Álvarez Julia, Fernanco Racimo y Carlos Carranza Casares, integrantes de la sala “de feria”. Con su sentencia, los magistrados ratificaron la decisión de primera instancia que había autorizado el viaje del niño y su madre, “entre los días 15 y 23 del mes y año en curso” a Buzios, Brasil.
En la resolución de cinco carillas, a la que tuvo acceso la agencia de noticias Télam, los camaristas recordaron que las disposiciones legales “requieren el consentimiento expreso de ambos progenitores para aquellos casos valorados por el legislador como los más trascendentes para la vida y los bienes del hijo menor de edad”. Y agregaron que “se pone en funcionamiento de esta forma el sistema de ejercicio conjunto de la forma más pura, exigiéndose el análisis crítico de ambos progenitores como un modo de garantizar la mejor valoración del interés y beneficio del menor”.
Al mismo tiempo, también resaltaron que “a su vez, el propio artículo citado prevé en su parte final la solución en aquellos supuestos en que uno de los progenitores no dé su consentimiento o medie imposibilidad para prestarlo: debe resolver el juez teniendo en miras el interés familiar”. En este sentido, remarcaron que el único motivo de negativa del padre para intentar impedir el viaje era “la profunda preocupación que le genera el viaje por miedo y temor que le ocurra algo (al menor) y no lo pueda socorrer”, por lo que los magistrados le exigieron a la madre que “garantice la comunicación entre el niño y su progenitor durante el período vacacional”.