Hoy la defensa del músico apeló la sentencia planteando la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua porque “es casi condenarlo a morir en prisión".
La Cámara Federal de Casación Penal revocó la sentencia que condenó al ex baterista de Callejeros Eduardo Vázquez a 18 años de prisión y lo condenó a cadena perpetua por el asesinato de su esposa, Wanda Taddei. Hoy la defensa del músico apeló la sentencia planteando la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua.
"Imponer una pena de estas características a nuestro asistido es prácticamente condenarlo a morir en prisión”, dice el recurso extraordinario presentado por la defensa del ex baterista, Eduardo Guarna. Es que el condenado actualmente posee 38 años y “recién se encontrará en condiciones de acceder a la libertad condicional, de reunir los requisitos previstos por el artículo 13, cuando tenga aproximadamente 70 años”.
“Dejame de romper las pelotas porque si no te agarro y te prendo fuego”, declaró uno de los testigos en el expediente que culminó en la condena de Vázquez. El 10 de febrero del 2010, después de una discusión, Vázquez cumplió. Le arrojó alcohol a Taddei y la prendió fuego con un encendedor. Sucedió en la casa donde vivían, en el barrio de Mataderos.
Vázquez sufrió quemaduras en manos y brazos. Wanda Taddei agonizó durante once días en el Hospital Santojanni. El 50 por ciento de su cuerpo presentaba lesiones, producto de las quemaduras: rostro, cuello, tórax, abdomen, el muslo derecho, los brazos y la cintura.
En oportunidad de la primera condena a Vázquez el Tribunal Oral en lo Criminal N° 20 lo encontró culpable de “homicidio calificado por el vínculo” pero lo condenó a 18 años de prisión con la atenuante de “emoción violenta” sobre la base del “stress postraumático” que sufrió el músico después de la tragedia de “Cromañón”. Esto fue desestimado por Casación Penal al condenarlo a prisión perpetua.
Ahora, la defensa del condenado argumentó que “para el hipotético caso de que pasado el tiempo pudiera acceder a la libertad condicional, el haber estado en prisión la mitad de su vida habrá extinguido su capacidad productiva y la resocialización buscada por la Constitución Nacional será una mera enunciación", continua el recurso presentado.
En este mismo sentido, el recurso presentado sostiene que arriba a la libertad a los 70 años, en un país “que tiene una expectativa de vida de 75 años", y allí planteó la inconstitucionalidad de la pena de la prisión perpetua basado precisamente por manifestarse contraria a la resocialización.
A ello Guarna suma el argumento que Vázquez comenzó en la causa asistido por otro abogado que falleció durante el trámite de la causa: "Se desprende que ha existido un perjuicio en el derecho de defensa de Eduardo Vázquez, que es la falta de interacción directa por parte de esta defensa con los testigos en el debate", dice el escrito.
El escrito elaborado por la defensa fue presentado en la misma sala que revocó la condena y lo condenó a cadena perpetua. Se trata de la sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Juan Carlos Geminiani. Si casación acepta el recurso la causa pasará a la Corte Suprema de Justicia que tendrá la última palabra. En caso de ser denegado podrá acceder en queja al máximo tribunal que no posee plazos temporales para expedirse.