Una mujer fue detenida en San Juan por publicar en su muro de Facebook la foto de un hombre, acusándolo de ser un secuestrador de niños. Para el juez cometió una infracción prevista en el Código de Faltas de esa provincia. Qué dice la ley de protección de datos personales cuando una persona se siente perjudicada por el uso de su imagen.
Un juez de San Juan ordenó detener a una mujer que publicó en su muro de Facebook la foto de un hombre que estaba en la puerta de un colegio privado de esa capital, a quien acusaba como posible secuestrador de niños. La imagen, que fue compartida cientos de veces en la red social, mostraba al Orlando Heredia de 45 años apoyado en su camioneta. El juez Ricardo Grossi Colombo ordenó la detención de la mujer que publicó la foto por averiguación de antecedentes. Consideró que había cometido una infracción prevista en el artículo 113 del Código de Faltas sanjuanino, que castiga "al que en lugar público o por medio de teléfonos o redes informáticas profiera insultos o cause molestias".
“Una persona que sea agraviada o perjudicada con la publicación de sus datos e imágenes tiene la facultad de ejercer la ley 25326 de protección de datos personales para que sean suprimidas”, dijo a Infojus Noticias Juan Cruz González Allonca, director nacional de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
González Allonca explicó que a nivel nacional la persona tiene dos alternativas: “Una es utilizar mecanismos de autorregulación de la red social para reportar la imagen como ofensiva. La otra, es iniciar una denuncia en la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, y nosotros buscamos que la empresa elimine esa información de su sitio”.
“Siento que fui discriminado”
“Él llevaba a su mamá a las oficinas de Anses, que está a la vuelta del colegio Santa Rosa. Buscando estacionamiento frenó justo frente al colegio y se bajó a esperar que su mamá termine de hacer el trámite. Ahí fue fotografiado por una persona que ahora se está investigando quién fue, para ver quién tiene la responsabilidad principal. De todas formas la denuncia se radicó contra la primera persona que hizo esta publicación en Facebook”, dijo el abogado del denunciante a Radio del Plata, y aclaró que a la mujer “se la detuvo por averiguación de antecedentes por violar una contravención”.
“Siento que fui discriminado, no sé cómo tengo que andar vestido para que me consideren un ciudadano de bien. Tengo cinco chicos y que te digan algo así te hace sentir mal. Soy albañil, pero ahora estoy sin trabajo”, dijo Heredia.
Andrea Alejandra Femía, de 39 años y madre de 3 hijos, fue la mujer que publicó la foto en internet. "No tengo nada que ver. No lo conozco a ese hombre y tampoco le saqué las fotos. Las recibí por Whatsapp y cometí el error de subirlas a mi Facebook sin chequear si era verdad. Me hago cargo del error, pero esto ha llegado muy lejos", dijo a Diario de Cuyo.
"Mis hijos no van a esa escuela, son adolescentes y publiqué las fotos por ese motivo. Hice lo que todas las personas hicieron, nada más que yo me equivoqué al subirlas sin constatar si lo que se decía era verdad. No lo conozco a ese señor y no lo persigo, pero me han perjudicado mucho con lo que se ha dicho. Incluso entregué mi celular para que vieran que no tengo nada que ver"', dijo la mujer.
La sanción que prevé el artículo 113 del Código de Faltas sanjuanino, establece como pena multas, trabajos de utilidad pública e incluso arresto de hasta treinta 30 días. El artículo también dice que cuando no pueda individualizarse al autor, la sanción recaerá en los organizadores hayan permitido o tolerado la consumación de la contravención, por lo que en este caso se podría seguir a fondo hasta saber quién fue la persona que la mujer dice que le mandó el Whats App.
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