IOMA, filial de La Plata, se negó a cubrir el tratamiento de fertilización asistida a una mujer porque no hay posibilidad de donación de gametos por parte de su pareja. El abogado de las mujeres presentó un amparo afirmando que la norma provincial es inconstitucional por ser discriminatoria.
Un matrimonio de mujeres presentó un amparo ante la Justicia de La Plata para que una obra social les cubra el tratamiento de fertilización asistida y así poder tener hijos. El caso está en manos de la Justicia, que ayer realizó una audiencia donde partes ratificaron su postura.
La pareja está compuesta por dos mujeres una de 39 y 51 años respectivamente, que están juntas desde hace 12 años y casadas hace dos. Ahora, con el patrocinio de su abogado Francisco Tufankchi, presentaron el amparo contra la obra social provincial IOMA para que se les cubra la fertilización.
La medida fue presentada después de que la obra social negara la cobertura del tratamiento aduciendo que no hay posibilidad de donación de gametos o células reproductoras. Esta postura fue ratificada durante la audiencia, compartida por la fiscalía de Estado, alegando que la ley provincial “habla sólo de gametos aportados por integrantes de la pareja", informó la agencia Télam.
El argumento del abogado de la pareja sostiene que la norma provincial es inconstitucional porque es discriminatoria al prohibir la donación de gametos, porque "es obvio que si son mujeres alguien va a tener que donar los espermatozoides".
Por eso “la ley (provincial) discrimina así la orientación sexual de cada una de las partes, y por ello debería aplicarse la norma nacional". La ley nacional permite la donación de gametos, explica el abogado de las mujeres, al tiempo que agrega que debe aplicarse el artículo 31 de la Constitución Nacional.
El caso está en manos del Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata, en función de Sala III de Flagrancia.