Un recluso del penal de Sierra Chica fue agredido y se defendió con una faca, matando a su agresor. El Tribunal de Casación Penal bonaerense consideró que actuó en legítima defensa confirmó su absolución.
El 10 de enero de 2011, en el fondo del patio de recreo N° 4 de la Unidad Penal N° 2 de Sierra Chica, L.C. fue agredido por otro recluso, J.M.B. L.C estaba rodeado y se defendió gracias a una faca que le tiró otro de los detenidos. Terminó matando a su agresor. Los jueces Horacio Piombo y Ricardo Maidana del Tribunal de Casación Penal bonaerense entendieron que actuó en legítima defensa y confirmaron su absolución.
Los jueces afirmaron que el enfrentamiento duró más de 15 minutos y los agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) no abrieron la reja hasta la llegada del grupo especial. Para los magistrados “como consecuencia de la intensidad de las emociones experimentadas y de la actitud defensiva que mantuvo”, L.C. no tuvo opción y apoyaron la resolución del Tribunal en lo Criminal N° 2 de Azul que lo absolvió en la instancia anterior.
A ese fallo se opuso la fiscal Viviana Beytia que interpuso un recurso de casación para revertirla, pero los magistrados de Casación Penal cuestionaron incluso su actuación. Afirmaron que Beytia no tomó los recaudos necesarios para “reconstruir lo efectivamente sucedido”; es que la filmación de la pelea en el patio interno de la unidad penitenciaria se perdió “por haber transcurrido los 10 días durante los cuales el equipo almacena la información en su memoria interna”.
La fiscal también había argumentado que L.C. debería haber recurrido a las autoridades del SPB en busca de resguardo dado que el enfrentamiento con el hombre que terminó atacándolo en el patio tenía larga data. Pero los jueces también cuestionaron esta interpretación, y advirtieron que “el personal penitenciario no acudió en auxilio de C. a tiempo, ni impidió el desenlace fatal”. Y que una persona se encuentre privada de su libertad, “obliga a prestar más atención a la tarea desarrollada por el Estado en su rol de responsable primario de la integridad de los internos, lo que es injustamente soslayado por la Fiscal”. Advierten además que los agentes del SPB no actuaron hasta la llegada del grupo especial, motivo por el que L.C. actuó en legítima defensa.