Representan el 1,5 por ciento de los votantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que tiene un padrón total de 2.553.181 electores. El voto joven se incorporó a través de la Ley 26.774 a finales de 2012 por iniciativa del Gobierno nacional. Unos meses después, la Legislatura porteña votó una normativa similar.
Alrededor de 40 mil jóvenes, de entre 16 y 18 años, podrán votar en las primeras Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el próximo domingo. Los jóvenes votantes, que representan el 1,5 por ciento del padrón porteño total -conformado por 2.553.181 electores-, podrán participar de la definición de los candidatos a jefe/a de Gobierno, legisladores y miembros de las Juntas Comunales.
En estas primarias, se definirá qué candidatos lleva cada fuerza política para disputar la Jefatura de Gobierno porteña y también los 30 candidatos y candidatas a legisladores y legisladoras porteños y miembros de las Juntas Comunales, 7 por comuna.
El voto joven se incorporó a través de la Ley 26.774 a finales de 2012 por iniciativa de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner. Se trató de una ampliación de los derechos de ese rango etario. “Los argentinos que hubiesen cumplido la edad 16 años, gozan de todos los derechos políticos conforme a la Constitución y a las leyes de la República”, dice el primer artículo de la norma.
Al ser una ley nacional, rige para las elecciones de presidente o de legisladores nacionales. Para los sufragios provinciales y municipales, depende de la sanción de normas similares en cada jurisdicción.
Los jóvenes que cumplen 16 años hasta el 25 de octubre de este año están incluidos en el padrón electoral. La información se desprende de la Dirección de Información y Capacitación Electoral de la Dirección Nacional Electoral. En esta franja el voto es optativo. Por lo tanto, no se les impone una sanción en el caso de que no asistan a sufragar.
También están habilitados para hacerlo los extranjeros y extranjeras desde los 16 años de edad, que se hayan inscripto previamente en el Registro de Electoras y Electores Extranjeros de la Ciudad.
Para esto deben tener la calidad de "residente permanente" en el país según los términos de la legislación de migraciones, poseer Documento Nacional de Identidad de Extranjera o Extranjero; acreditar tres (3) años de residencia en la Ciudad de Buenos Aires y tener registrado en el Documento Nacional de Identidad de Extranjera o Extranjero el último domicilio real en la Ciudad.
En abril de 2013 la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó la ley de voto joven en línea con la legislación nacional. Actualmente 18 distritos incorporaron esta ampliación de derechos para cargos provinciales y locales. En tanto, las provincias de Catamarca, Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes y Santa Cruz aún no sancionaron normas que habiliten a los chicos de 16 y 17 años a nivel local. El voto joven debutó con las elecciones de 2013 a nivel nacional.
MAF/PW