José de Jesús Orozco Henríquez es un reconocido jurista mexicano y el primer relator especial de defensores y defensoras de los derechos humanos en América Latina. En una entrevista exclusiva, contó la difícil situación de esos operadores judiciales expuestos a riesgos y presiones de parte de los Estados, las corporaciones y el crimen organizado.
José de Jesús Orozco Henríquez es un reconocido jurista mexicano y el primer relator especial de defensores y defensoras de los derechos humanos en América Latina. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) creó esa oficina en 2011, y la puso en cabeza del ex presidente de la Comisión entre 2012 y marzo de este año. El abogado visitó la Argentina en agosto para participar en el Congreso Internacional por los 20 años de autonomía del Ministerio Público de la Nación. Es un hombre sereno, y habla con pausas pero sin reservas. En diálogo con Infojus Noticias, repasó la difícil situación de esos operadores judiciales en América Latina, expuestos a riesgos y presiones de parte de los Estados, las corporaciones y el crimen organizado.
-¿Cuál es la situación de los defensores y defensoras de los derechos humanos en América Latina?
-La Comisión Interamericana identificó obstáculos en la función de la defensa de los derechos humanos tanto por parte de miembros de la sociedad civil como de los defensores y defensoras públicos en todo el continente. Hay tanto problemas legales como amenazas, hostigamientos y asesinatos a defensores y defensoras de derechos humanos, especialmente en Mesoamérica, en países como México o Guatemala. La Comisión Interamericana aprobó en 2006 un informe sobre la situación en las Américas, y en 2011 se publicó un segundo documento en el que se ratificaron esos datos. Advertimos que había ciertos grupos de defensores en especial situación de vulnerabilidad, que son los defensores de los derechos sexuales y reproductivos, del medio ambiente saludable, de las comunidades indígenas, de los afrodescendientes, de ciertos líderes sindicales, de las personas LGBTI, y los derechos de los migrantes y sus familias.
-¿Cuáles son los obstáculos más habituales a la tarea de los defensores de derechos humanos en estos países?
-A veces se pretende limitar su mandato, o se limita el período de su trabajo. En diversos países persisten los llamados jueces “provisorios o temporales”, cuando la Comisión Interamericana ha sido enfática en que eso afecta a la independencia judicial. También hay otros mecanismos como los cambios de adscripción o de competencia, el “amago” de que a algún juez, fiscal o defensor se lo va a trasladar de una entidad a otra. Todo eso obviamente puede afectar su independencia. A través de sus informes, la Comisión hace visible esta problemática y pone énfasis en el estándar interamericano. Cuando un Estado va en contra de los compromisos y obligaciones, se formulan recomendaciones para mejorar la situación.
-¿Qué resolvió la comisión a partir de esos informes?
-Las Naciones Unidas realizaron una declaración de defensores y defensoras de derechos humanos en 2001. La Comisión asumió el compromiso de proteger a esos defensores, y por eso diez años después creó la Relatoría Especial de Defensores y Defensoras de los Derechos Humanos. Tiene como objetivo promover la defensa de los defensores y defensoras de derechos humanos y proteger a esas personas a través de los mecanismos de la Comisión, como pueden ser las medidas cautelares, las solicitudes de información a los Estados, los comunicados de prensa, y principalmente el sistema de peticiones y de casos individuales. Se busca visibilizar la importancia de salvaguardar estos derechos y atender de una manera más eficaz las necesidades de estas personas.
-¿La independencia de los defensores es regla o excepción en América Latina?
-No en todos los países existen las mismas garantías de independencia en relación a los operadores y operadoras de justicia. Incluso para jueces y juezas, no sólo fiscales y defensores públicos. Argentina está a la vanguardia en este sentido, porque es pionera en la autonomía funcional y autarquía financiera de la defensa pública en el ámbito federal, establecida desde la reforma constitucional de 1994 y con la ley reglamentaria de 1998. Sin dudas sería deseable que se estableciera esta autonomía en el ámbito de las provincias, pero en otros países ni siquiera es así a nivel nacional.
-Los instrumentos legales de los que dispone la región, ¿son suficientes para proteger los derechos humanos de los latinoamericanos?
-Desde una perspectiva normativa creo que hay una protección o garantía adecuada para la salvaguarda y el ejercicio de los derechos humanos. Tanto con la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) como con los otros seis instrumentos interamericanos en vigor, además de dos nuevos que se aprobaron el año pasado. Lo que se requiere en el sistema interamericano de derechos humanos es que todos y cada uno de los 35 países miembros suscriban los instrumentos de protección, y se logre la llamada “universalización” de esas herramientas legales. Sólo 23 países son parte hoy en la CADH, hay diez que no los han ratificado ni adherido y hay dos que sí lo habían hecho y ahora la han denunciado, que son Venezuela y Trinidad y Tobago. Eso nos preocupa, porque lejos de avanzar en la universalización, dos países se retiran. Sólo siete países han suscripto y ratificado a todos los instrumentos en vigor, y Argentina es uno de ellos.
-¿Qué consecuencias tiene sobre la gente la adhesión de los países a estas convenciones internacionales?
-Los países que ratifican o adhieren a la CADH y a los otros instrumentos están ampliando de derechos de sus habitantes y asegurándoles las garantías de protección. Permiten que además de contar con los órganos nacionales de sus países, que son los principales garantes de la protección de sus derechos, puedan también contar con instancias internacionales, en este caso las interamericanas. La implementación de las decisiones de los órganos interamericanos en cada país es un desafío fundamental, tanto las que emanan de la Comisión como de la Corte Interamericana, pero para eso se debe reconocer la jurisdicción de este tribunal supranacional. La Comisión tiene un mandato sobre los 35 países miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA). La Corte Interamericana es un órgano de la CADH, y tiene jurisdicción sobre 20 de los 23 países de la CADH.
-En el debate sobre seguridad ciudadana, ¿se pueden ver afectados los derechos y garantías establecidos en estas convenciones internacionales?
-Evidentemente uno de los mayores desafíos en la región es la persistencia del crimen organizado. La Comisión realizó un informe en 2009 sobre seguridad ciudadana y derechos humanos, y reafirmó la obligación de los Estados de brindar seguridad a sus pueblos, establecida en al CADH, pero sólo puede obtenerse a través de un pleno respeto a los derechos humanos. No hay una disyuntiva entre seguridad y “garantismo” porque la procuración de justicia es compatible con la persecución de los delitos. Debe ser siempre en consonancia con el respeto y el ejercicio de los derechos humanos.