Lo señaló a Infojus Noticias Raquel Asensio, responsable de la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación. Consultada por este portal, la ministra de Salud porteña dio una respuesta lacónica: "La causa está judicializada". Una mujer llegó con un aborto en curso y las médicas que la atendieron la denunciaron.
El caso de la mujer de 28 años que llegó a la guardia del Hospital Fernández con un aborto en curso puso un alerta en la falta de conocimiento de los médicos en cuanto a los procedimientos a seguir en casos similares. Horas después de ser asistida fue detenida, tras una denuncia de las médicas que la atendieron. Las leyes son claras: se debe preservar el derecho a la vida y el derecho a la salud. Y jamás colocar al paciente en el dilema entre preservar su vida o la libertad. “Estuvo presa durante diez horas en condiciones inhumanas para una persona en esa situación. Y más allá del estado del estado del feto, denunciarlo es ilegal y arrestarla también, por lo que las irregularidades se suman”, denunció a Infojus Noticias Raquel Asensio, responsable de la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación. Por otro lado, organizaciones de género proponen una marcha el jueves en el hospital para reclamar medidas que garanticen la salud.
“Lo que la paciente refirió en el expediente judicial es que fue culpabilizada por la situación en la que estaba, además de recibir comentarios condenatorios. No es que le dieron menos dosis de anestesia, pero sí escucho que una de las médicas le decía a otra que le dé una dosis menos ‘para que sienta lo que hizo’”, dijo Asensio. Y contó que “finalmente una enfermera se solidarizó y le dio la dosis completa, pero los comentarios previos muestran de qué modo la moral privada de las personas impregna las políticas públicas”.
Consultada por Infojus Noticias, la ministra de Salud porteña Graciela Reybaud dijo que “la causa está judicializada”, y optó por no dar más declaraciones. Desde el hospital el hermetismo es total.
La Defensoría solicitó la intervención en el tema de la ministra Reybaud. El organismo que dirige Stella Maris Martínez consideró que el caso puso de manifiesto el desconocimiento sobre cómo se debe actuar en estas situaciones. Además se le requirió capacitar a los profesionales de la salud y elaborar pautas más claras en cuanto al protocolo.
Según consta en el expediente, cuando llegó al hospital le hicieron un monitoreo fetal y no recibieron latidos del vientre. Diez horas después, una enfermera de Obstetricia determinó la causa fueron maniobras abortivas y decidió hacer la denuncia. A partir de eso, le iniciaron una causa penal, y mientras aún tenía pérdidas, del hospital le dieron el alta para que la arrestaran.
Ante la trascendencia pública del caso, varias organizaciones de derechos por la mujer están convocando por las redes sociales a una movilización donde distribuirán su propuesta de plan por el derecho al aborto. “Las organizaciones de mujeres, de trabajadores, estudiantiles, sociales y políticas” se autoconvocan para el jueves próximo frente al Hospital Fernández “contra los que atacan a las mujeres”.
El caso ocurrido el 29 de junio. Ese día, una mujer de 28 años concurrió al Hospital Fernández con un aborto en curso. Tras ser asistida por dos médicas que constataron que el feto estaba muerto, le practicaron un legrado (práctica de raspado).
Desde la Defensoría informaron la situación a la Cámara del Crimen, para verificar si la actuación del secretario del juzgado que ordenó la detención fue tal como surgió del expediente. Y pusieron al tanto al Ministerio de Seguridad porteño “por haber mantenido alojada en estas condiciones a una mujer que tenía afectaciones en su salud”, señaló Asensio.
El dictamen también se elevó al Consejo de la Magistratura y al director del Hospital Fernández, para que evalúe si corresponde o no iniciar algún sumario interno por la actuación de las médicas que violaron el derecho profesional y presentaron la denuncia.
“El deber médico es asistir a las pacientes con un trato humanitario. Por eso también en los informes que hizo la defensora no solo llamaba la atención a la violación de los derechos constitucionales a la intimidad, a la autoincriminación y a la igualdad, sino también que se están cometiendo hechos de violencia institucional y de violencia obstétrica”, dijo Asensio.
La ley 26.485 de protección integral contra la violencia de género, establece que constituyen hechos de violencia institucional aquellos cometidos por agentes del estado que afecten alguno de los derechos reconocidos en la ley, entre los que están la igualdad y la no discriminación y la integridad. Además, la ley refiere como violencia obstétrica aquel trato cruel, inhumando y degradante que depare a la mujer, por ejemplo, con respecto a la atención de la mujer en un aborto en curso.
Por su parte, la Corte Suprema de Justicia hizo jurisprudencia para todos los casos en abril de 2010, a partir del dictamen del caso Baldivieso. En esa sentencia, la Corte citó a la doctrina del plenario “Natividad Frías”, que data del año 1966: “No puede incluirse sumario criminal en contra de una mujer que haya causado su propio aborto, o consentido en que otro se lo causare”.