Los camaristas de la Sala II habían requerido esta documentación al Estado nacional. Pero consideraron que contienen información que no es pertinente para para evaluar el caso. Por eso rechazaron el pedido del fiscal de Casación, Raúl Pleé, para acceder a esos documentos.
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal que debe definir la constitucionalidad o no del Memorándum de Entendimiento entre Argentina e Irán por el atentado a la AMIA, devolvió a la Cancillería argentina los documentos que le habían requerido al respecto. Los jueces Ana María Figueroa, Luis María Cabral y Juan Carlos Gemignani consideraron que contienen información que no es pertinente para para evaluar el caso y por esa misma razón rechazaron el pedido del fiscal de Casación, Raúl Pleé, para acceder a esos documentos.
Los camaristas le habían requerido esta documentación al Estado nacional, después la audiencia en la que escucharon a las partes para decidir si revocan o confirman el fallo de la Cámara Federal porteña que declaró inconstitucional el memorándum que Argentina propuso para interrogar a los sospechosos iraníes. En la resolución, los camaristas además dieron a conocer el resultado de la traducción del texto en inglés del documento que encargaron a una perito oficial y el presentado por la perito del Estado.
La perito oficial, antes presentar la traducción, aclaró que “cada vez que ha sido necesario” agregó la sigla “sic” (que significa “tal cual aparece en el texto") porque detectó errores gramaticales y "ausencia de conectores" que "privan de claridad" al texto. Las traducciones no presentan grandes diferencias y fuentes con acceso al expediente consideraron que “no son sustanciales”.
Hace menos de un año, la Sala I de la Cámara Federal revocó el fallo de primera instancia del juez Rodolfo Canicoba Corral que rechazaba un amparo presentado por la DAIA y la AMIA pidiendo la inconstitucionalidad del Memorándum, que fue acompañado por el fiscal Alberto Nisman. El fallo de la Cámara Federal, con la firma de los jueces Eduardo Farah y Jorge Ballestero, determinó la imposibilidad de Argentina para reclamar la puesta en marcha del acuerdo con el que se pretendía interrogar a los sospechosos iraníes en la causa por el ataque a la AMIA.
El gobierno apeló esa decisión y el caso llegó a la Sala II de Casación integrada por Figueroa, Gemignani y Cabral. Hace más de un mes los jueces escucharon los fundamentos de las partes. Los representantes del Estado nacional fueron los primeros en tomar la palabra, para reclamar la vigencia del instrumento. Después fue el turno de Pleé, y los representantes de AMIA y DAIA que insistieron en el planteo de inconstitucionalidad.
La audiencia
En la audiencia ante los jueces de Casación, los abogados Horacio Diez, subprocurador del Tesoro de la Nación, y Luciano Hazán, subsecretario de Política Criminal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, recordaron que “el memorándum de entendimiento no se encuentra en vigor" por lo cual "no existe un caso contencioso que habilite la intervención del Poder Judicial de la Nación". Diez pidió “respetar las esferas funcionales del Poder Ejecutivo” ya que casos como el del Memorándum “son asuntos más de índole política que legal".
Consultado por el presidente del tribunal, Hazán afirmó que el acuerdo “no implica ninguna obligación” para la instrucción de la causa donde se investiga el atentado ocurrido en 1994, ya que “se trata de un convenio de cooperación que el juez de la causa puede aceptar o no”.
En su momento, entrevistado por Infojus Noticias, Hazán remarcó que “el Estado argentino como tal tiene la obligación de investigar” y definió al acuerdo como una herramienta, que el juez que investiga el atentado puedo usar o no para indagar a los imputados iraníes. “Ningún acuerdo de cooperación lo obliga, puede hacer uso o no”, dijo.
Ahora, los integrantes de la Sala I tendrán que resolver sobre la validez o no del Memorándum firmado el 27 de enero de 2013 en la Ciudad de Adis Abeba, Etiopía.
M/RA