Un fallo ordena el pago de una jubilación especial al ex obispo castrense que propuso tirar a un ministro al mar por repartir preservativos. Si el fallo prospera, podría cobrar un salario de 24 mil pesos mensuales y un retroactivo millonario. La causa llegará a la Corte.
El Estado argentino apeló el fallo que dispuso el pago de la jubilación especial como jerarca de la Iglesia Católica al ex obispo castrense Antonio Baseotto. La presentación fue concretada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, que es el que tiene bajo su responsabilidad los dos tópicos que relacionan a la Argentina con el prelado: las vinculaciones con el Estado que lo designó en el cargo, el Vaticano, y la regulación de las actividades religiosas en el país.
Monseñor Baseotto fue destituido de su cargo religioso-militar en 2005 por un decreto del entonces presidente Néstor Kirchner. En realidad, fue dejado sin efecto el acuerdo prestado por el gobierno argentino en 2002, cuando el presidente interino era Eduardo Duhalde. La decisión estuvo motivada en las expresiones de Baseotto contra el entonces ministro de Salud y hoy embajador en Chile Ginés González García, quien impulsaba una política de sexualidad responsable que incluía el reparto gratuito de preservativos.
Baseotto escribió una carta pública de contenido elocuente: “Cuando usted repartió públicamente profilácticos a los jóvenes, recordaba el texto del Evangelio donde nuestro Señor afirma que los que escandalizan a los pequeños merecen que les cuelguen una piedra de molino al cuello y los tiren al mar”. Las simpatías de Baseotto con el régimen que sojuzgó a la Argentina entre 1976 y 1983 eran conocidas en los ámbitos militares y religiosos, y habían comenzado a trascender hacia el resto de la sociedad. Aquella alusión, anclada en los más oscuros episodios de la represión durante la última dictadura, tuvo su respuesta inmediata y Baseotto cesó en sus funciones.
Allí se inició un largo y sigiloso derrotero judicial. En setiembre pasado, la sala Segunda de la Cámara de la Seguridad Social, integrada por los jueces Luis René Herrero y Juan Carlos Poclava Lafuente, hizo lugar al planteo del prelado, quien nunca perdió su condición eclesiástica.
El fallo del tribunal previsional se referenció en el sobreseimiento dictado por la jueza federal María Servini de Cubría. Baseotto cometió un exabrupto. Nada tipificado en el Código Penal. Las leyes previsionales son restrictivas en cuanto a recortar los derechos de los beneficiarios. Básicamente porque la enorme mayoría de los integrantes de la denominada "clase pasiva" son personas vulnerables, y el Estado debe extremar sus recursos para garantizar sus derechos.
De ese principio solidario y protector del Estado se valió Baseotto para recurrir con éxito a tribunales civiles que le garantizaran sus bienes terrenales. Por su jerarquía, Baseotto podría percibir mensualmente un haber equivalente al 70 por ciento del salario de un juez nacional de primera instancia. Y debería hacerlo desde 2007, cuando el entonces Papa Benedicto XVI le aceptó la renuncia al cumnplir 75 años de edad.
Al aceptar el reclamo del prelado, La Cámara desconoció las facultades del Estado para adoptar una medida como la que afectó al sacerdote. La fiscal ante la Cámara de la Seguridad Social Lila Lorenzo no apeló el fallo. Pero sí lo hizo el Estado, a través de la Cancillería. El expediente tiene inevitable destino de Corte Suprema; será el máximo tribunal el encargado de resolver también ésta causa previsional. Voceros de la propia Corte estimaron que en la actualidad, en distintas instancias, hay unos 300 mil juicios previsionales, gran parte de ellos relacionados con ajustes de haberes.
La cuenta, en el caso de Baseotto, oscilaría en los 24 mil pesos mensuales, multiplicados por seis años. El cálculo -estimativo- indica que el sacerdote podría percibir más de 1,7 millones de pesos.