Al confirmar el rechazo a la probation, la Cámara Federal de Casación Penal ordenó que todos los procesados por presunta defraudación al Banco Central a raíz de la quiebra del ex Banco Mayo sean sometidos a juicio oral y público.
La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisibles los recursos presentados por las defensas de una serie de imputados en la causa Banco Mayo. Se investiga un perjuicio de entre 300 y 600 millones de dólares al Banco Central de la República Argentina (BCRA). Así, quedó confirmada la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) N° 3 de Capital Federal que rechazó otorgar una probation a los imputados. Los acusados quedan a las puertas del juicio por presunta defraudación al BCRA por la quiebra del Banco Mayo.
La medida fue firmada ayer por los jueces que integran la sala IV de la cámara, Mariano Borinsky, Juan Gemignani y Gustavo Hornos. Considera que el rechazo del TOF al pedido de suspensión de juicio a prueba era correcto debido a “la gravedad de los hechos” y la “necesidad de celebrar el juicio oral y público para logar su esclarecimiento”.
Las defensas de nueve de los imputados - Jorge Armando Carlos Brotsztein, León Laniado, Jaime Ernesto Yabra, Ricardo Elías Tobal, Alberto Elías Laham; Víctor Isaac Liniado; David Malik; Isaac Raimundo Duek, Rafael Charur y de José Babour- habían presentado un recurso ante el máximo tribunal del país, argumentando que la decisión del tribunal federal de no otorgar la probation carecía de fundamentación.
Pero los jueces de la Casación Federal consideraron la gravedad de los hechos como uno de los pilares para no otorgar el beneficio. En la causa se ventila el desarrollo de complejas maniobras que habrían generado un perjuicio al BCRA que oscilaría entre los 300 y 600 millones de dólares. La operación se realizó en el marco de la quiebra y vaciamiento del Banco Mayo en 1998.
Tanto la querella, en manos del BCRA, como la fiscalía no estuvieron de acuerdo con el beneficio. Por ejemplo, el fiscal sostuvo que aunque se puede “hacer una referencia individual de los imputados, al estar las operaciones causantes del perjuicio, íntimamente ligadas entre sí, le resultaba difícil escindir la responsabilidad de cada uno de ellos, máxime cuando, según la imputación, se trataría de una asociación ilícita”.
A Brotsztein, Babour y Charur se los acusa de ser integrantes de una asociación ilícita y partícipes necesarios del delito de administración fraudulenta cometido en forma reiterada. A Liniado, Elías Tobal, Laniado, Duek, Malik y Yabra también por ser integrantes de una asociación ilícita y por ser autores del delito de estafa en perjuicio de la administración pública y administración fraudulenta, cometidos en forma reiterada. A ellos se suma Laham, también acusado de una asociación ilícita, y partícipe secundario del delito de administración fraudulenta, cometido en forma reiterada.
GA/MEL