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Infojus Noticias

15-7-2014|19:27|Proyecto Nacionales
La Corte Suprema decidió no utilizar la figura procesal

Buscan eliminar la probation para casos de violencia de género

Se trata de un proyecto presentado en el Senado para modificar el artículo 76 bis del Código Penal que habilita, si el juez lo considera razonable, un acuerdo con el agresor para suspender el juicio. Se busca así proteger a las mujeres que denuncian violencia de género.

  • Ilustración: kitsch.
Por: Infojus Noticias

Un proyecto para impedir que sea admisible la suspensión del juicio a prueba, conocido como "probation", cuando se trate de un delito cometido mediante violencia de género contra las mujeres, fue presentado hoy en el Senado de la Nación.

Se busca proteger a las mujeres que denuncian ser víctimas de violencia, ya que en situaciones de vulnerabilidad pueden ser presionadas o persuadidas por el agresor o el entorno familiar  para llegar a un acuerdo y suspender el juicio correspondiente.

El año pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó no utilizar esta figura procesal y aclaró que las situaciones de violencia de género deben ser dilucidadas en un juicio oral, respetando así las obligaciones internacionales firmadas por Argentina en relación a los derechos de las mujeres, al fallar en el denominado caso "Góngora".

No obstante "ha habido una serie de decisiones de jueces de primera instancia que concedieron este beneficio a imputados en delitos cometidos en situación de violencia de género en franca contradicción con lo establecido por la Corte", recordó Sigrid Kunath.

"La redacción actual del artículo 76 bis del Código Penal establece que el imputado puede ofrecer hacerse cargo de la reparación del daño y el juez decidirá sobre la razonabilidad del ofrecimiento pudiendo la parte damnificada aceptar o no dicha reparación", recordó la legisladora. En ese sentido, opinó que "esto puede permitir que el juicio se suspenda y no se pueda probar si la persona fue efectivamente culpable o no".

El proyecto propone modificar el artículo 76 bis del Código Penal, sumando a los casos donde no procede la suspensión del juicio a prueba, los delitos cometidos mediando violencia de género contra la mujer.

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